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jueves, 28 de enero de 2016

APOSTOLICAE CURAE En la Nulidad de las Ordenes Anglicanas


En virtud de la entrevista del superior de la Fraternidad con el obispo “tradicionalista” anglicano es bueno estar informado sobre lo que S. S. León XIII escribió sobre ellos. El saber sobre esta bula pontificia nos hará ver la gravedad de este acto que, aunque se quiera minimizar, no deja de ser grave, sea la lectura de esta bula quien haga entender a los indecisos que no se puede seguir en la línea trazada por el superior porque ello los llevara a perder la fe o cundo menos menguarla. No podemos cerrar los ojos y seguir adelante cuando quien escribe sobre este tema anglicano fue la suprema autoridad de la Iglesia en su momento que, con su suprema autoridad, dio a su bula un carácter de perpetuidad sin que nadie, sea quien fuere, tenga el derecho de suprimir, quitar o agregar algo en ella sin que caiga en la indignación divina, he aquí la bula:
APOSTOLICAE CURAE
En la Nulidad de las Ordenes Anglicanas
Promulgada el 18 Septiembre de 1896 por el Papa León XIII
(En perpetua memoria.)
(Primera parte)
1. Nos hemos dedicado, al bienestar de la noble nación Iglesia, una no pequeña porción del cuidado Apostólico y caridad por la cual, ayudados por Su gracia, Nos esforzamos por cumplir el cargo y seguir los pasos del “Gran Pastor del rebaño”, Nuestro Señor Jesucristo. La carta que el año pasado enviamos a los ingleses buscando la unidad en la fe del Reino de Cristo es una prueba especial de nuestra buena voluntad hacia los ingleses. En ella recordamos la memoria de la antigua unión del pueblo con la Madre Iglesia, y nos esforzamos por acercar el día de una feliz reconciliación moviendo el corazón de los hombres a ofrecer diligentes oraciones a Dios. Y, de nuevo, más recientemente, cuando a Nos pareció bueno tratar más ampliamente de la unidad de la Iglesia en una Carta General, Inglaterra no tenía el último lugar en nuestra mente, con la esperanza de que nuestra enseñanza pueda a la vez fortalecer a los Católicos y llevar la luz salvadora a aquellos separados de nosotros. Es agradable reconocer la generosa manera con que nuestro celo y claridad de discurso, inspirado no por meros motivos humanos, ha conseguido la aprobación del pueblo Inglés, y esto da testimonio no tanto de la cortesía de este pueblo sino de la solicitud de muchos por su eterna salvación.
1. Con la misma idea e intención, Nos hemos determinado ahora centrar nuestra consideración a un tema no menos importante, que está íntimamente conectado con el mismo asunto y con nuestros deseos.
2. Por una opinión ya prevalente, confirmada más de una vez por la acción y la constante practica de la Iglesia, de que cuando en Inglaterra, poco después de haber sido escindida de la Unidad Cristiana, un nuevo rito para conferir Órdenes Sagradas fue introducido por Eduardo VI, el verdadero Sacramento del Orden instituido por Cristo faltando de esta manera, y con él la sucesión jerárquica. Por algún tiempo, no obstante, y en estos últimos años especialmente, una controversia ha estallado sobre si las Sagradas Ordenes conferidas de acuerdo al Ordinario Eduardiano poseían o no la naturaleza y el efecto de un Sacramento; siendo los que están a favor de su absoluta validez, o de su dudosa validez, no sólo escritores Anglicanos, sino también algunos Católicos, principalmente no Ingleses. La consideración de la excelencia del sacerdocio Cristiano movió a los escritores Anglicanos en esta materia, deseosos como estaban de que a su propia gente no les faltara el doble poder sobre el Cuerpo de Cristo. Los escritores Católicos fueron impelidos por el deseo de suavizar el camino de retorno de los anglicanos a la sagrada unidad. Ambos, de hecho, pensaron que en vista de los estudios aportados al nivel de la actual investigación, y de los nuevos documentos rescatados del olvido, no era inoportuno reexaminar la cuestión por nuestra autoridad.
1.    Y Nos, no despreciando tales deseos y opiniones, por encima de todo, obedeciendo los dictados de la caridad apostólica, hemos considerado que nada debería dejarse sin intentar que pudiese llevar de cualquier manera a la preservación de las almas del daño o de procurar su ventaja. Por tanto, nos ha agradado graciosamente permitir que la causa fuera reexaminada, para que así, a través de una nueva y extremadamente cuidadosa exanimación, toda duda, o incluso toda sombra de duda, pueda ser desvanecida para el futuro.
2.  Para este fin, Nos comisionamos cierto número de hombres notables por su sabiduría y habilidad, cuyas opiniones en esta materia eran conocidas por ser divergentes, para establecer las bases de su juicio por escrito. Entonces Nos, habiéndolos llamado a nuestra presencia, les mandamos que intercambiasen sus escritos y que después investigasen y discutieren todo lo que fuera necesario para un completo conocimiento de la materia. Fuimos cuidadosos, también, de que ellos fueran capaces de reexaminar todos los documentos que tratasen de esta cuestión, que se conociesen en los archivos del Vaticano, buscar nuevos, e incluso tener a su disposición todos los actos relacionados con esta cuestión que eran preservados por el Santo Oficio o, como es llamado, el Concilio Supremo; y también a considerar cualquier cosa que hubiera sido aducida hasta el momento por los doctos varones de ambos bandos. Les ordenamos, cuando se hubieran preparado de esta manera, que se reuniesen en sesiones especiales. De estas sesiones, doce fueron mantenidas bajo la presidencia de uno de los Cardenales de la Iglesia Católica Romana, nombrado por Nos, y todos fueron invitados a libre discusión. Finalmente, mandamos que los actos de esas reuniones, junto todos los documentos, fueran presentados a nuestros venerables hermanos, los Cardenales del mismo Concilio, para que así cuando todos hubieran estudiado todo el asunto, y discutido en nuestra presencia, cada uno pudiera dar su propia opinión.
3.     Habiendo sido determinado este orden para discutir la materia, era necesario, con vista de formar una verdadera estimación del verdadero estado de la cuestión, no entrar en ella hasta después de haber investigado cuidadosamente como la materia en cuestión se relacionaba con la prescripción y la asentada costumbre de la Sede Apostólica; el origen y la fuerza de tal costumbre era indudablemente de gran importancia para poder determinar una decisión.
4.     Por esta razón, en primer lugar, fueron considerados los principales documentos en los cuales nuestros predecesores, al requerimiento de la Reina María, ejercieron su especial cuidado para la reconciliación de la Iglesia de Inglaterra. Así Julio III envió al Cardenal Reginald Pole, Inglés, ilustre en muchos aspectos, para ser su legado a latere para el propósito, “como su ángel de paz y amor”, y le dio extraordinarios e inusuales mandatos, así como facultades y direcciones para su guía. Esto fue confirmado y explicado por Pablo IV.
5.  Y aquí, para interpretar correctamente la fuerza de estos documentos, es necesario poner como principio fundamental que ciertamente no tenían como propósito lidiar con un estado de cosas abstractas, sino con un asunto específico y concreto. Dado que las facultades dadas por estos pontífices al Legado Apostólico hacían referencia sólo a Inglaterra, y al estado de la religión allí, y dado que las reglas de acción fueron escritas por ellos al requerimiento de este Legado, no podrían haber sido meramente direcciones para determinar las condiciones necesarias para la validez de las ordenaciones en general. Ellas debían pertenecer estrictamente para proveer de Sagradas Órdenes el susodicho Reino, como las reconocidas condiciones de las circunstancias y tiempos demandaban. Esto, aparte de estar claro por la naturaleza y la forma de tales documentos, es también obvio por el hecho de que habría sido del todo irrelevante entonces ordenar como Legado alguien cuyos conocimientos habían sido sobresalientes en el Concilio de Trento en lo concerniente a las condiciones necesarias para la administración del Sacramento del Orden.
6.     A todos los que correctamente estudien estos asuntos no les será difícil entender porque, en las cartas de Julio III, enviado al Legado Apostólico el 8 de Marzo de 1554, hay una mención distintoria, primero de aquello que “correctamente y legalmente promovidos” debían ser mantenidos en sus ordenes; y después de aquello que “no promovidos a las Ordenes Sagradas” debían “ ser promovidos si resultaban ser dignos y adecuados sujetos”. Por esto es claro y definitivamente reconocido, como de hecho fue el caso, que había dos clases de hombres; primero aquellos que realmente habían recibido Ordenes Sagradas, ya fuese antes de la secesión de Enrique VIII o, si después de esto, y por ministros infectados por error y cisma, aún así ordenados por el acostumbrado rito Católico; los segundos, aquellos que fueron ordenados inicialmente acorde al Ordinario Eduardiano, quienes en tal caso no podían ser “promovidos”, dado que ellos habían recibido una ordenación que era nula.
7.     Y que el pensamiento del Papa era este, y no otro, es confirmado claramente por la carta del dicho Legado (29 Enero 1555), subdelegando sus facultades al Obispo de Noruega. Además, lo que las cartas de Julio III mismas dicen acerca de usar libremente de las facultades pontificales, incluso en nombre de aquellos que habían recibido su consagración “irregularmente (rito menor) y no acorde con la acostumbrada forma de la Iglesia, es de especial interés. Por esta expresión sólo podía significar aquellos que habían sido consagrados de acuerdo al rito Eduardiano, dado que aparte de éste y el rito Católico no había entonces otro en Inglaterra.
11. Esto se vuelve aun más claro cuando consideramos al legado que, con el consejo del Cardenal Pole, los príncipes Soberanos, Felipe y María, enviaron al Papa en Roma en el mes de Febrero de 1555. Los Embajadores Reales, tres hombres “ilustres y dotados con toda virtud”, de los cuales uno era Thomas Thirlby, Obispo de Ely, fueron encargados de informar al Papa más extensamente sobre la condición religiosa del país, y especialmente para rogar que ratificara y confirmara lo que el Legado se había esforzado en implementar, y había logrado satisfactoriamente, en la reconciliación del Reino con la Iglesia. Para este propósito, todas las pruebas escritas necesarias y las pertinentes partes del nuevo Ordinal fueron enviados al Papa. Habiendo sido los legados espléndidamente recibidos, y su evidencia “diligentemente discutida” por muchos de los Cardenales, “después de madura deliberación”, Pablo IV emitió su Bula Praeclara Charissimi el 20 de Junio de ese mismo año (1555). Con esto, además de dar plena fuerza y aprobación a lo que Pole había hecho, es ordenado, en la materia de las Ordenaciones, como sigue:
“Aquellos que han sido promovido a ordenes eclesiásticas…por cualquiera excepto por un Obispo válida y legalmente ordenado están atados a recibir las Órdenes de nuevo.”
12. Pero cuales eran esos Obispos no “válida y legalmente ordenados” había sido suficientemente aclarado por los documentos precedentes y las facultades utilizadas en la dicha materia por el Legado; eran, a saber, aquellos que habían sido promovidos al Episcopado, o a otras Ordenes, “no en concordancia con la forma acostumbrada de la Iglesia”, o, como el Legado mismo había escrito al Obispo de Noruega, “con la forma y la intención de la Iglesia” no habiendo sido observadas. Estos eran ciertamente aquellos promovidos conforme a la nueva forma del rito, a la exanimación del cual los Cardenales especialmente designados habían dado una atención cuidadosa. Ni debe ser pasado por alto el pasaje de la misma Carta Pontifical, donde, junto con otras dispensaciones necesarias están enumerados aquellos “que habían obtenido Órdenes además de beneficios nulliter et de facto.” Ya que obtener órdenes nulliter significa lo mismo que por acto nulo y sin efecto, esto es, inválido, como la misma palabra y el habla común requieren. Esto es especialmente claro cuando la palabra es usada de la misma manera acerca de las Órdenes como también acerca de los “beneficios eclesiásticos”. Estos, por la indudable enseñanza de los sagrados cánones, eran claramente nulos si eran dados con cualquier defecto viciante.
13. Además, cuando algunos dudaron sobre quienes, conforme al parecer del pontífice, podían ser llamados o considerados obispos “válida y legalmente ordenados”, el susodicho Papa poco después, el 30 de Octubre, emitió una carta más larga en la forma de un Breve y dijo: “Nos, deseando eliminar completamente tales dudas, y para oportunamente proveer de paz de consciencia a aquellos que durante el mencionado cisma fueron promovidos a las Órdenes Sagradas, indicando claramente el significado y la intención que Nos tuvimos en nuestras mencionadas cartas, declaramos que son sólo esos Obispos y Arzobispos que no fueron ordenados y consagrados en la forma de la Iglesia de los que no puede considerarse que estén debida y correctamente ordenados…”
14. A menos que esta declaración se hubiera aplicado al caso real en Inglaterra, es decir, al Ordinario Eduardiano, el Papa no habría ciertamente hecho nada con esta última carta para eliminar la duda y restaurar la paz de consciencia. Además, fue en este sentido que el Legado entendió los documentos y órdenes de la Sede Apostólica, y debida y concienzudamente las obedeció; y lo mismo fue hecho por la Reina María y el resto de personas que ayudaron a restaurar el Catolicismo a su estado original.














"Sacrorum Antistitum" Motu Proprio SAN PÍO X (Algunas normas para rechazar el peligro del modernismo)

"Sacrorum Antistitum"
Motu Proprio
SAN PÍO X
(Algunas normas para rechazar el peligro del modernismo)
(Primera Parte)

El peligro del modernismo subsiste.

Nos parece que a ningún Obispo se le oculta que esa clase de hombres, los modernistas, cuya personalidad fue descrita en la encíclica Pascendi dominici gregis (1), no han dejado de maquinar para perturbar la paz de la Iglesia. Tampoco han cesado de atraerse adeptos, formando un grupo clandestino; sirviéndose de ello inyectan en las venas de la sociedad cristiana el virus de su doctrina, a base de editar libros y publicar artículos anónimos o con nombres supuestos. Al releer Nuestra carta citada y considerarla atentamente, se ve con claridad que esta deliberada astucia es obra de esos hombres que en ella describíamos, enemigos tanto más temibles cuanto que están más cercanos; abusan de su ministerio para ofrecer su alimento envenenado y sorprender a los incautos, dando una falsa doctrina en la que se encierra el compendio de todos los errores.

Ante esta peste que se extiende por esa parcela del campo del Señor, donde deberían esperarse los frutos que más alegría tendrían que darnos, corresponde a todos los Obispos trabajar en la defensa de la fe y vigilar con suma diligencia para que la integridad del divino depósito no sufra detrimento; y a Nos corresponde en el mayor grado cumplir con el mandato de nuestro Salvador Jesucristo, que le dijo a Pedro -cuyo principado ostentamos, aunque indignos de ello-: Confirma a tus hermanos. Por este motivo, es decir, para infundir nuevas fuerzas a las almas buenas, en esta batalla que estamos manteniendo, Nos ha parecido oportuno recordar literalmente las palabras y las prescripciones de Nuestro referido documento:

«Os rogamos, pues, y os instamos para que en cosa de tanta importancia no falte vuestra vigilancia, vuestra diligencia, vuestra fortaleza, ni toleréis en ello lo más mínimo. Y lo que a vosotros os pedimos y de vosotros esperamos, lo pedimos y lo esperamos de todos los pastores de almas y de los que enseñan a los jóvenes clérigos, y de modo especial lo esperamos de los maestros superiores de las Órdenes Religiosas.

Los estudios de filosofía y teología.

»I - Por lo que se refiere a los estudios, queremos y mandamos taxativamente que como fundamento de los estudios sagrados se ponga la filosofía escolástica.

»Ciertamente que si hay alguna cosa tratada con excesivas sutilezas o enseñada superficialmente por los doctores escolásticos; si algo no concuerda con las doctrinas comprobadas posteriormente, o que incluso de algún modo no es probable, está lejos de Nuestra intención el proponer que hoy día se siga (2). Es importante notar que, al prescribir que se siga la filosofía escolástica. Nos referimos principalmente a la que enseñó Santo Tomás de Aquino: todo lo que Nuestro Predecesor decretó acerca de la misma, queremos que siga en vigor y, por si fuera necesario, lo repetimos y lo confirmamos, y mandamos que se observe estrictamente por todos. Los Obispos deberán, en el caso de que esto se hubiese descuidado en los Seminarios, urgir y exigir que de ahora en adelante se observe. Igual mandamos a los Superiores de las Órdenes Religiosas. A los profesores advertimos que tengan por seguro que, abandonar al de Aquino, especialmente en metafísica, da lugar a graves daños. Un pequeño error en los comienzos, dice el mismo Santo Tomás, se hace grande al final (3).

»Puestos así los fundamentos filosóficos, se deberá proceder a levantar con todo cuidado el edificio de la teología.

»Estimulad con todo vuestro esfuerzo Venerables Hermanos, los estudios teológicos, para conseguir que, al salir del Seminario, los sacerdotes sepan apreciar esos estudios y los tengan como una de las ocupaciones más gratas. Nadie ignora que entre las muchas y diversas materias que se ofrecen a un espíritu ávido de la verdad, la Sagrada Teología ocupa el primer puesto; ya los sabios antiguos afirmaban que a las demás ciencias y artes les correspondía el papel de servirle, como si fueran sus esclavas (4).

»A esto hay que añadir que son dignos de elogio quienes ponen su esfuerzo en aportar nuevo lustre a la teología positiva -siempre con el respeto que se debe a la Tradición, a los Padres y al magisterio eclesiástico (y esto no se puede decir de todos)- con luces tomadas de la verdadera historia.

»Ciertamente que hoy hay que tener más en cuenta que antes la teología positiva, pero sin que la teología escolástica salga perjudicada; debe llamarse la atención a los que elogien la teología positiva de tal modo que parezcan despreciar la escolástica, pues así hacen el juego a los modernistas.

»En lo que se refiere a las ciencias profanas, basta con remitirnos a lo que sabiamente dijo Nuestro Predecesor: Trabajad con denuedo en el estudio de las cosas naturales, pues así como ahora causan admiración los ingeniosos inventos y las empresas llenas de eficacia de hoy día, más adelante serán objeto de perenne aprobación y elogio(5) Pero todo esto sin detrimento alguno de los estudios sagrados; ya lo advierte también nuestro Predecesor, con estas serias palabras: Si se investigan con detenimiento las causas de estos errores, se advierte que consisten principalmente en que hoy, cuanto con mayor intensidad se cultivan las ciencias naturales, tanto más se marchitan las disciplinas fundamentales y superiores; algunas de ellas incluso han caído en el olvido, otras se tratan de un modo superficial e insuficiente y, lo que ya es indignante, se les arrebata el esplendor de su dignidad, manchándolas con enseñanzas perversas y con doctrinas monstruosas (6). Mandamos, pues, que en los Seminarios las ciencias naturales se cultiven teniendo en cuenta estos extremos.

Selección de profesores.

»II.-Es necesario tener presentes estas disposiciones Nuestras y de Nuestros Predecesores, a la hora de escoger los Superiores y los profesores de los Seminarios y de las Universidades Católicas.

»Todo aquel que de cualquier modo estuviese tocado por el modernismo, sin ninguna consideración deberá ser apartado de los puestos de gobierno y de la enseñanza; si ya los ocupa, habrá que sustituirlo. Igual hay que hacer con quienes de modo encubierto o abiertamente alienten el modernismo, alabando a los modernistas y disculpándolos, criticando la Escolástica, los Padres y el magisterio eclesiástico, haciendo de menos a la obediencia a la potestad eclesiástica en quienquiera que la ostente; y también hay que obrar así con quienes se aficionen á las novedades en materia de historia, de arqueología o de estudios bíblicos; y con quienes dan de lado a las disciplinas sagradas, o les anteponen las profanas.

»En esto, Venerables Hermanos, sobre todo en la elección de profesores, nunca será demasiada la vigilancia y la constancia; los discípulos saldrán a los maestros. Por estos motivos, con conciencia clara de cuál es vuestro oficio, actuad en ello con prudencia y con fortaleza.

»Con La misma vigilancia y exigencia se deberá conocer y seleccionar a quienes deseen ser ordenados. ¡Lejos, lejos de las Sagradas Ordenes el amor a las novedades! Dios aborrece los espítus soberbios y contumaces.

»Nadie podrá obtener de ahora en adelante el doctorado en Teología y en Derecho Canónico, si no ha cursado antes los estudios de filosofía escolástica. Y, si lo obtiene, será inválido.

»Decretamos que se extienda a todas las naciones lo que la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares determinó en 1896 con respecto a los clérigos seculares y regulares de Italia.

»Los clérigos y sacerdotes que se inscriban en una Universidad o en un Instituto católico, no deberán estudiar en ninguna Universidad civil las disciplinas de las que ya haya cátedra en aquellos. Si en algún sitio se hubiese permitido esto, mandamos que no se vuelva a hacer.

»Los Obispos que estén al frente de estas Universidades o Institutos, cuiden con toda diligencia de que se observe en todo momento lo que hemos mandado.

La prohibición de libros.

»III.-Igualmente los Obispos tienen la obligación de velar para que no se lean los escritos modernistas, o que tienen sabor a modernismo o le hacen propaganda; si estos escritos no están editados, deberán prohibir que se editen.

»No se deberá permitir que los alumnos de Seminarios y Universidades tengan acceso a esta clase de libros, periódicos y revistas, pues no son menos dañinos que los contrarios a las buenas costumbres; incluso hacen más daño, porque corroen los fundamentos de la vida cristiana.

»El mismo juicio merecen las publicaciones de algunos escritores católicos -por lo demás, bien intencionados-, que, poco formados en teología y contagiados de filosofía moderna, se dedican a armonizar esta filosofía con la fe y hasta pretenden, según dicen, que la fe saque provecho de ello. Precisamente porque estos escritos se leen sin recelo, dado el buen nombre de sus autores, es por lo que representan un mayor peligro para ir paulatinamente deslizándose hacia el modernismo.

»En materia tan importante como ésta, Venerables Hermanos, procurad desterrar con energía todo libro pernicioso que circule en vuestras diócesis, por medio incluso de una prohibición solemne. Por más que la Apostólica Sede se esfuerce en eliminar esta clase de escritos, son ya tan abundantes, que faltan las fuerzas para localizarlos a todos. Así, puede suceder que se eche mano de la medicina cuando la enfermedad se ha contraído hace tiempo. Queremos, pues, que los Obispos cumplan con su obligación sin miedo, sin prudencia de la carne, sin escuchar clamores de protesta, con suavidad, ciertamente, pero imperturbablemente; recuerden lo que prescribía León XIII en la Constitución apostólica Officiorum ac munerum: Los Ordinarios, incluso actuando como delegados de la Apostólica Sede, deben proscribir y alejar del alcance de los fieles los libros y los escritos perjudiciales que se editen o se difundan en sus diócesis (7). Estas palabras conceden un derecho, pero también imponen una obligación. Nadie puede pensar que cumple con esa obligación si denuncia algún que otro libro, pero consiente que otros muchos se difundan por todas partes.

»Y no os confiéis, Venerables Hermanos, por el hecho de que algún autor haya obtenido el Imprimátur en otra diócesis, porque puede ser falso o porque le ha podido ser concedido con ligereza o con demasiada blandura o por un exceso de Confianza en el autor; cosa ésta que puede ocurrir al- una vez en las Órdenes Religiosas. Sucede que, así como no a todos conviene el mismo alimento, libros que en un lugar pueden ser inocuos, en otro lugar pueden ser perniciosos por una serie de circunstancias. Así, pues, si algún Obispo, después de asesorarse debidamente, cree conveniente prohibir en su diócesis alguno de estos libros, le concedemos sin más facultad para hacerlo, e incluso le mandamos que lo haga. Pero llévese a cabo todo esto con delicadeza, limitando la prohibición al clero, si ello bastara; los libreros católicos tienen el deber de no poner a la venta los libros prohibidos por el Obispo.

»Ya que hemos tocado este punto, miren los Obispos que los libreros no comercien con mala mercancía por afán de lucro, pues en algunos catálogos abundan los libros modernistas elogiados profusamente. Si estos libreros se niegan a obedecer, no duden los Obispos, después de llamarles la atención, en retirarles el título de libreros católicos; y más todavía si tienen el título de libreros episcopales. Si ostentan el título de libreros pontificios, habrán de ser denunciados a la Santa Sede.

»Por último, queremos recordar a todos lo que se dice en el artículo XXVI de la Constitución Officiorum: Todos aquellos que han obtenido permiso apostólico para leer y retener libros prohibidos, no pueden por eso leer ni retener los libros o periódicos prohibidos por el Ordinario del lugar, a no ser que en el indulto apostólico se haga constar la facultad de leer y retener libros condenados por quienquiera.

Los censores de oficio.

»IV.-Pero no basta con impedir la lectura y la venta de los libros malos, sino que es preciso también evitar su edición. Por consiguiente, los Obispos han de conceder con mucha exigencia la licencia para editar.

»Dado que son muchas las cosas que se exigen en la Constitución Officiorum, para que el Ordinario conceda el permiso de editar, y como no es posible que el Obispo pueda hacerlo todo de por sí, en cada Diócesis deberá haber un número suficiente de censores de oficio, para examinar los libros. Recomendamos encarecidamente esta institución de los censores, y no sólo aconsejamos sino que mandamos taxativamente que se extienda a todas las diócesis. Deberá haber en todas las curias diocesanas censores de Oficio, que examinen los escritos que se vayan a editar; se deberán elegir de entre ambos cleros, que merezcan confianza por su edad, su erudición, su prudencia, que mantengan un firme equilibrio en lo que se refiere a las doctrinas que se deben aprobar y las que no se deben aprobar. A ellos se deberá encomendar el examen de los escritos que, según los artículos 41 y 42 de la Constitución citada, necesitan autorización para ser publicados; el Censor expresará su juicio por escrito. Si este juicio fuera favorable, el Obispo autorizará la publicación, con la palabra lmprimatur, que irá precedida de la expresión Nihil obstat y la firma del Censor.

»Igual que en las demás otras, también en la Curia romana se han de instituir censores de oficio. Serán nombrados por el Maestro del Sacro Palacio, oído el Cardenal Vicario de la Urbe y con el consentimiento y la aprobación del Sumo Pontífice. Será el Maestro del Sacro Palacio quien designe el censor que deba examinar cada escrito, y también él dará la autorizaci6n de publicar -igualmente podrá hacerlo el Cardenal Vicario del Pontífice o quien haga sus veces-, siempre precedida, como queda dicho, de la fórmula de aprobación y de la firma del Censor

»Sólo en circunstancias extraordinarias y muy excepcionalmente, según el prudente juicio del obispo, podrá omitirse el nombre del Censor.

»El nombre del Censor no deberá ser conocido por el autor, hasta que emita un juicio favorable, para evitarle molestias mientras está examinando el escrito o por si no autoriza la publicación.

»Nunca se deberá nombrar censores Religiosos sin primero pedir la opinión reservada de su Superior Provincial o, si es en Roma, del Superior General; ellos darán fe de las buenas costumbres, de la ciencia y de la rectitud doctrinal de la persona designada. »Advertimos a los Superiores Religiosos del gravísimo deber que tienen de no permitir que ninguno de sus súbditos publique nada. Sin que medie la aprobación de ellos mismos o del Ordinario.

»Por último. Advertimos y declaramos que quien ostente el título de censor no podrá nunca hacerlo valer ni nunca lo ha de utilizar para refrendar sus opiniones personales.

"Una vez dichas estas cosas en general, mandamos que en concreto se observe lo que estatuye en el artículo 42 la Constitución Officiorum con estas palabras: Está prohibido que, sin previa autorización del Ordinario, los clérigos seculares dirijan diarios o publicaciones periódicas. Si usan mal de esa autorización. Se les deberá amonestar v privar de ella. »En cuanto a los sacerdotes que son corresponsales o colaboradores de prensa, dado que con frecuencia escriben en publicaciones tocadas con el virus del modernismo, los Obispos deben cuidar de que no traspasen los límites permitidos. v. si es preciso, retírenles la autorizaci6n. Advertimos seriamente a los Superiores Religiosos que hagan lo mismo: si no hacen caso de esta advertencia, deberán intervenir los Ordinarios con autoridad delegada del Sumo Pontífice.


»Se hará todo lo posible para que los periódicos y las revistas escritas por católicos tengan un censor. Su trabajo consistirá en leer todo lo escrito, después de publicado, Y, si encuentran algo incorrecto, deberán exigir una rápida rectificación. Esta misma facultad tendrá el Obispo, incluso contra la opinión favorable del Censor.


"Ite Missa Est"

(Aparición de la Virgen de la Merced a San Pedro Nolasco)

28 DE ENERO
SAN PEDRO NOLASCO, CONFESOR.
DOBLE – ORNAMENTOS BLANCOS
(y 2º memoria de Santa Inés, Virgen y Mártir)

Epístola – Ep. 1º del Apóstol San Pablo a  los Corintios (IV, 9-14)

EvangelioSan Lucas (XII, 32-34)

COLECTA

“Deus, qui in tuae caritátis exémplum ad fidélium redemptiónem, sanctum Petrum Ecclésiam tuam nova prole foecundáre divínitus, docuísti: ipsíus nobis intercessióne concéde, a peccátti servitúte solútis, in caelésti pátria perpétua libertáte gaudére: Qui vivis et regnas.”

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“Oh Dios, que para poner de manifiesto tu caridad, inspiraste desde el cielo a San Pedro Nolasco la Idea de enriquecer a tu Iglesia  con una nueva Orden para la redención de los fieles cautivos: concédenos por su intercesión que, libres de las cadenas del pecado, gocemos de perpetua libertad en la patria celestial. Tú que vives y reinas por los siglos de los siglos.”


VIDA. — S. Pedro Nolasco nació junto a Carcasona, y se distinguió sobre todo por su caridad para con el prójimo. Huyendo de los herejes Albigenses llegó a España, y fue a orar ante N. S. de Monserrat; vendió sus bienes y con el dinero obtenido, libertó a algunos cautivos. Apareciósele la Santísima Virgen, y le animó a que fundase una Orden para la redención de cautivos, lo que llevó a cabo de acuerdo con san Raimundo y el rey Jaime I de Aragón. Murió el día de Navidad del año 1256.
Escudo de los Mercedarios

"Pedro Nolasco, Redentor de cautivos, va a asociarse hoy a su maestro Raimundo de Peñafort; ambos presentan al Redentor universal, como homenaje, los miles de cristianos, rescatados de la esclavitud, en virtud de aquella caridad, que nacida en Belén halló asilo en sus corazones. Natural de la provincia de Languedoc, en Francia, eligió Pedro a España por segunda patria, porque brindaba a su celo campo de abnegación y sacrificio. Como el Mediador bajado del cielo, dedicóse al rescate de sus hermanos; renunció a su libertad para procurar la de ellos, quedándose a veces en rehenes bajo las cadenas de la esclavitud para poder devolverles a su patria. Su abnegación fué fecunda; gracias a sus esfuerzos se estableció una nueva Orden religiosa en la Iglesia, compuesta enteramente de hombres generosos que durante seis siglos, sólo rogaron, trabajaron y vivieron para procurar el beneficio de la libertad a innumerables cautivos, que morían lentamente en las cadenas, con riesgo de sus almas. ¡Bendita sea María que suscitó tales Redentores humanos! ¡Gloria a la Iglesia católica que los produjo! Pero sobre todo gloria al Emmanuel, que al entrar en este mundo dijo: "Padre, los holocaustos por los pecados de los hombres no te aplacaron; deja ya de castigarlos; heme aquí. Me has dado un cuerpo; yo voy y me inmolo." (Salmo XXXIX, 8.) El sacrificio del divino Niño no podía quedar estéril. El se dignó considerarnos como hermanos, y ofrecerse en lugar nuestro; ¿habrá en lo sucesivo algún corazón que pueda permanecer insensible a las desgracias y peligros de sus hermanos? El Emmanuel recompensó a Pedro Nolasco, llamándole a sí, el misino día en que, doce siglos antes nacía El en Belén. De las alegrías de la noche de Navidad fué este Redentor humano a unirse con su Redentor inmortal. En sus últimos instantes, los trémulos labios de Pedro murmuraban su postrer cántico en la tierra, y al llegar a las palabras: El Señor envió la Redención a su pueblo, selló con él su alianza eterna, su alma bienaventurada voló libre al cielo. La Santa Iglesia tuvo que señalar otro día distinto del de su muerte para celebrar la memoria de Pedro, porque aquel estaba dedicado enteramente al Emmanuel; pero era también natural, que quien fué distinguido con la gran prerrogativa de nacer para el cielo, el día en que nació Jesús en la tierra, ocupase un lugar en el  tiempo consagrado al Nacimiento del divino Redentor. Viniste, oh Emmanuel, a traer fuego del cielo a la tierra, y sólo deseas verla inflamada. Semejante deseo tuvo su realidad en el corazón de Pedro Nolasco y de sus hijos. De esa manera te dignas asociar a los hombres a tus designios misericordiosos de amor, y al restaurar la armonía entre Dios y nosotros, haces más estrechos los lazos primitivos que nos unían a nuestros hermanos. Es imposible que te amemos, oh divino Niño, sin amar también a todos los hombres; y si es verdad que te llegas a nosotros como víctima y rescate, también quieres que estemos dispuestos a sacrificarnos los unos por los otros. De este amor fuiste tú, oh Pedro, apóstol y modelo; por eso quiso el Señor honrarte llamándote a la corte de su Hijo, el día del aniversario de su Nacimiento. Entonces se te reveló en todo su esplendor el dulce misterio que tantas veces sostuvo tu valor y animó tus sacrificios; tus ojos no contemplan ya solamente al tierno Niño que sonríe en su cuna, sino que se quedan extrañados ante los divinos fulgores del Rey vencedor, del hijo de Dios. María no aparece ante tu vista pobre y humilde como ante nosotros, inclinada con reverencia ante el pesebre donde yace su amor; para ti brilla ya en su trono de Reina, y resplandece con destellos que sólo ceden ante los de la majestad divina. Tu corazón no ha extrañado esta gloria, porque estando en el cielo estás en tu patria. El cielo es templo y palacio del amor, y el amor llenaba ya tu corazón desde aquí abajo; era el móvil de todas sus operaciones. Ruega para que conozcamos mejor ese amor verdadero de Dios y de los hombres que nos hace semejantes a Dios. Escrito está que el que permanece en la caridad, permanece en Dios y Dios en él (I Juan, IV, 16); haz, pues, que el misterio de caridad que celebramos nos transforme en Aquel que debe ser objeto de todas nuestras aspiraciones, en este tiempo de gracias y maravillas. Haz que amemos a nuestros hermanos como a nosotros mismos, que les suframos, que les disculpemos, y que nos olvidemos de nosotros para servirlos. Haz que sirvan nuestros ejemplos para servirles y nuestras palabras para edificarles; que sepamos ganar y consolar sus almas con nuestro afecto, y aliviar sus necesidades corporales con nuestras dádivas. ¡Oh Pedro, ruega por Francia, tu patria! Ampara a España, en cuyo seno nació tu Instituto. Cuida de los últimos restos de esa insigne Orden, por cuyo medio obraste tantos prodigios de caridad. Consuela y devuelve la libertad a los cautivos que se encuentran todavía en prisiones o en la esclavitud. Alcánzanos a todos nosotros, esa santa libertad de hijos de Dios de que habla el Apóstol, y que consiste en la obediencia a su ley. Si esa libertad llega a dominar en los corazones, hará también libres a los cuerpos. En vano busca el hombre exterior la libertad, si el interior se halla esclavizado. Oh Redentor de tus hermanos, haz que dejen de atenazar a nuestras sociedades las cadenas del error y del pecado; de esa manera conseguirás devolverles la verdadera libertad, causa y norma de todas las demás libertades."

miércoles, 27 de enero de 2016

"EL MISTERIO DE NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO


CAPITULO XXVI: HUMILDAD DIVINO-HUMANA.

En medio de todas las preocupaciones, de todas los cuidados y de todas las dificultades que podemos encontrarnos, sobre todo en estos tiempos dolorosos que atraviesa la Iglesia, nos es un gran consuelo apoyarnos sobre el único fundamento que vale la pena: Nuestro Señor Jesucristo. No hay ningún otro. Al estudiar la psicología de Nuestro Señor y más particularmente el carácter de la unidad en su Persona, nos damos cuenta de que une en Sí cosas que en apariencia no se parecen. Hubiese sido muy sencillo comprender a Nuestro Señor si hubiese asumido sólo un cuerpo y no un alma: en ese caso, se hubiera podido decir que Dios animaba directamente el cuerpo que se presentaba a los habitantes de Palestina y a los Apóstoles y que era Dios en un cuerpo humano. Más bien es en nosotros en quienes puede haber una división, porque somos criaturas animadas por una persona humana y por eso mismo, enteramente distintas de Dios. En Nuestro Señor no cabía esta distinción porque la Persona que lo hacía subsistir era divina. En Nuestro Señor había, pues, una unidad mucho más profunda que entre Dios y nosotros. Nosotros tampoco podemos separarnos de Dios, porque es nuestro Creador y el que nos sostiene y nos mueve en todos los instantes de nuestra existencia, aunque El no es el responsable de nuestros actos. Entre Dios y nuestros actos está la persona humana, que Dios mismo ha creado, y que es la responsable, mientras que en Nuestro Señor, Dios mismo se convertía en el responsable de todos los actos de Nuestro Señor.

Entre el alma de Nuestro Señor y Dios hay una unidad infinitamente superior a la que hay entre nuestra persona y Dios mismo. Otro aspecto interesante en el estudio de Nuestro Señor, para comprender mejor su psicología interior, es el de su humildad. Entre los evangelistas, san Juan es el que estudió mejor la psicología de Nuestro Señor y el que narra las palabras que la esclarecen. En el evangelio de san Juan, hay lugares que nos sorprenden. Si Nuestro Señor es Dios, ¿cómo pudo dar la impresión de humillarse ante su Padre? Nosotros nos inclinaríamos a pensar que esta humildad nace de su humanidad y del sentimiento vivo de ser sólo una criatura. Su cuerpo era una criatura y su alma también: ¿Nuestro Señor habla desde el punto de vista de su alma y de su cuerpo cuando se humilla ante Dios Padre? Pero ¿acaso el origen de esta humanidad no está ya en la vida trinitaria, en la Trinidad misma?

Desde luego no se puede hablar de humildad en el interior de la Santísima Trinidad, aunque si la humildad se define y no es mas que la virtud de veracidad y la conciencia de haber recibido todo lo que somos y tenemos, ¿en quién puede ser más viva esta conciencia que en el Verbo, que oye constantemente: Ego hodie genui te, “Hoy te he engendrado” (Sal. 2, 7)? Este hodie es la eternidad. Nuestro Señor es engendrado siempre por el Padre. Nuestro Señor, el Hijo, se siente deudor eterno de todo su ser a su Padre. El nunca ha tenido principio y es igual al Padre, pero el hecho de ser Hijo y, por lo tanto, engendrado por su Padre, le hace reconocer que todo le viene del Padre, y eso es verdad.

No es una humildad forzada ni un sentimiento incorrecto, y Nuestro Señor lo dice de un modo muy explícito, no sólo por tener un alma humana y un cuerpo humano sino también porque recibe de su Padre toda su naturaleza divina, y porque recibe de su Padre toda su misión y toda su ciencia divina. ¿Cómo podría ser que este Hijo, que es Dios, no le rindiese homenaje a su Padre reconociendo su filiación? Eso es algo muy hermoso y que se extiende sobre la humanidad de Nuestro Señor. Es, pues, muy normal que Nuestro Señor se humille ante su Padre porque su alma y su cuerpo humanos están, evidentemente, a un nivel infinitamente inferior a su Persona divina. Nadie ha hablado tan bien de esta “humildad del Hijo encarnado” como el Padre Lebreton, en Los orígenes del dogma de la Trinidad: «Desde que abrimos el Evangelio, nos llaman la atención esos sentimientos de humildad tan nuevos en el judaísmo y tan poderosos en todos los que se acercan a Cristo y son movidos por su Espíritu. Pero si contemplamos a Cristo mismo, nos damos cuenta de que hay en El una dependencia y un aniquilamiento ante su Padre del que nada nos puede dar una idea en este mundo. Ni su doctrina es suya, ni sus obras, ni su vida; el Padre le muestra lo que debe hacer, y Jesucristo habla, actúa y muere con los ojos fijos en esta regla suprema y queridísima. Esta dependencia natural se ve acompañada en el Hijo de Dios por una complacencia infinita: así como el Padre derrama en El con un amor indecible, el Hijo halla su gozo en recibir y en depender». Me parece que es un sentimiento muy hermoso que debe hacernos meditar. Si Nuestro Señor ha expresado este sentimiento de homenaje y de reconocimiento de que todo se lo debe a su Padre, nosotros que somos tan inferiores, cómo no tendremos que estar en este sentimiento continuo de que todo se lo debemos a Dios. Y si cada uno de nosotros tenemos una persona que Dios quiso crear y que es responsable de nuestros actos, eso no quiere decir que tengamos un deber menor de dar homenaje a Dios por lo que somos, sino al contrario. Tenemos que someternos a Dios, por nuestra inteligencia y nuestra voluntad, como lo hizo Nuestro Señor, pero evidentemente de un modo más humilde, porque nuestra persona es creada; y de una manera más humilde, por lo pequeños e insignificantes que somos en relación a Dios y a Nuestro Señor. Aunque Nuestro Señor no podía querer sino lo que Dios quería, tenía, sin embargo, dos voluntades distintas. El monofisismo y el monotelismo son herejías. En Nuestro Señor hay dos voluntades: la voluntad divina y la voluntad humana. Es evidente que no podía haber la menor oposición entre ambas voluntades. Eso no puede imaginarse, pues había una sola Persona y por consiguiente la voluntad humana de Nuestro Señor siempre estuvo plenamente sumisa a la voluntad de Dios.

A ejemplo de Nuestro Señor, nosotros, que también tenemos una voluntad humana, tenemos que someterla a la voluntad divina. Por desgracia, nuestra voluntad, por un defecto de nuestra libertad, puede separarse e incluso oponerse a la voluntad de Dios. Es algo que parece increíble pero que, desgraciadamente, es así. Al meditar sobre esta actitud de Nuestro Señor con su Padre, tenemos que procurar ver en ella el modelo de nuestras obras y de nuestra actividad: «Eso es lo más íntimo de Nuestro Señor; y cuanto más nos adentramos en el secreto de su vida, comprendemos mejor esas palabras de humilde dependencia que invitan a los discípulos a elevarse hasta la fuente de la vida, de la bondad y de la ciencia: Dios Padre. Este rasgo, destacado con tanta nitidez en el Evangelio de san Juan, no sólo no compromete la filiación sino que es un elemento esencial; no debe velarla a nuestros ojos sino revelárnosla.

Los textos joánicos se podrían dividir en dos series; establecer por una parte la dependencia del Hijo, y por otra su unidad con el Padre, y fácilmente se concluiría en la incoherencia (entre esa dependencia de Nuestro Señor y su divinidad que lo hace igual a Dios). Sin embargo, tenemos que esforzarnos por entrar con el evangelista en la corriente profunda del cristianismo para unirnos con Cristo, para contemplar su vida y penetrarnos de su pensamiento, y así sentiremos la unidad de la verdad. Más tarde, sobre todo a partir del s. IV, algunos teólogos mostraron que esas relaciones de origen y de dependencia son las únicas que pueden distinguir entre sí a las Personas cuya naturaleza es común y que, por consiguiente, esta dependencia del Hijo hacia el Padre, que a primera vista parece atentar contra la unidad e incluso contra la igualdad de ambas Personas, es la que la consagra y la que nos permite concebirla». Es necesaria una distinción, ya que si no hay distinción en Dios, no hay Trinidad. Al haber tres Personas, tiene que haber relaciones de filiación por parte del Hijo, y de procesión por parte del Espíritu Santo y, por consiguiente, relaciones de dependencia total. El Hijo depende del Padre en su ser, pero nunca ha tenido principio, sino que ha existido siempre en la eternidad. Dios es eterno y, una vez más, esta generación es el hodie eterno, lo que hace que el Hijo sea completamente igual al Padre.

LE DESTRONARON - Del liberalismo a la apostasía La tragedia conciliar.

CAPITULO VIII.

EL LIBERALISMO
O LA SOCIEDAD SIN DIOS
(“El indiferentismo es el ateísmo sin el nombre.”)
(León XIII, Immortale Dei).

Voy a tratar de exponer aquí, luego de haber analizado los principios del liberalismo político, cómo el movimiento de laicización generalizado que ha destruido en este momento casi enteramente la cristiandad, tiene su fuente en los principios liberales. Es lo que muestra el Papa León XIII en su encíclica Immortale Dei del 1° de noviembre de 1884, en un texto ya clásico que no se puede ignorar. El “derecho nuevo” “Pero el afán pernicioso y deplorable de novedad que surgió en el siglo XVI, habiendo, primeramente, perturbado las cosas de la Religión, por natural consecuencia vino a trastornar la filosofía y mediante ésta, toda la organización de la sociedad civil. De allí, como de un manantial, se han de derivar los más recientes postulados de una libertad sin freno, a saber, inventadas durante las máximas perturbaciones del siglo XVIII y lanzadas después, mediando este siglo, como principios y bases de un nuevo derecho que era hasta entonces desconocido y discrepaba no sólo del derecho cristiano sino en más de un punto también del derecho natural. “El supremo entre estos principios es que todos los hombres como se entiende que son de una misma especie y naturaleza, así también son iguales en su acción vital, siendo cada uno tan dueño de sí mismo, que de ningún modo está sometido a la autoridad de otro, que puede pensar de cualquier cosa lo que se le ocurra y obrar libremente lo que se le antoje, ni nadie tiene derecho de mandar a nadie.

“Constituida la sociedad con estos principios, la autoridad pública no es más que la voluntad del pueblo, el cual como no depende sino de sí mismo, así él solo se da órdenes a sí mismo, pero elige personas a quienes se entrega, de tal manera, sin embargo, que les delega más bien el oficio de mandar y no el derecho, que sólo en su nombre ejerce. Se cubre aquí con el manto de silencio el poder soberano de Dios, ni más ni menos como si Dios no existiese, o no se preocupase para nada de la sociedad del género humano, o como si los hombres, ya individual ya colectivamente nada debieran a Dios o se pudiese concebir alguna forma de dominio que no tuviese en Dios su razón de ser, su fuerza y toda su autoridad. “De este modo, como se ve, el Estado no es más que una muchedumbre que es maestra y gobernadora de sí misma, y como se afirma que el pueblo contiene en sí la fuente de todos los derechos y de todo poder, síguese lógicamente que el Estado no se crea deudor de Dios en nada, ni profese oficialmente ninguna religión, ni deba indicar cuál es, entre tantas, la única verdadera, ni favorecer a una principalmente; sino que deba conceder a todas ellas igualdad de derechos, a fin de que el régimen del Estado no sufra de ellas ningún daño. Lógico será dejar al arbitrio de cada uno todo lo que se refiere a religión, permitiéndole que siga la que prefiere o ninguna en absoluto, cuando ninguna le agrada. De allí nace, ciertamente, lo siguiente: el criterio sin ley de las conciencias individuales, los libérrimos principios de rendir o no culto a Dios, la ilimitada licencia de pensar y de publicar sus pensamientos.”Consecuencias del “derecho nuevo” “Admitidos estos principios, que frenéticamente se aplauden hoy día, fácilmente se comprenderá a qué situación más inicua se empuja a la Iglesia. “Pues, donde quiera la actuación responde a tales doctrinas, se coloca al catolicismo en pie de igualdad con sociedades que son distintas de ella o aún se lo relega a un sitio inferior a ellas; no se tiene ninguna consideración a las leyes eclesiásticas, y a la Iglesia que, por orden y mandato de Jesucristo, debe enseñar a todas las naciones, se le prohíbe toda ingerencia en la educación pública de los ciudadanos. “Aún en los asuntos que son de la competencia eclesiástica y civil, los gobernantes civiles legislan por sí y a su antojo, y tratándose de la misma clase de jurisdicción mixta, desprecian soberanamente las santísimas leyes de la Iglesia. “En consecuencia, avocan a su jurisdicción los matrimonios de los cristianos, legislando aún acerca del vínculo conyugal, de su unidad y estabilidad; usurpan las posesiones de los clérigos, diciendo que la Iglesia no tiene el derecho de poseer; obran, en fin, de tal modo respecto de ella, que negándole la naturaleza y los derechos de una sociedad perfecta, la ponen en el mismo nivel de las otras sociedades que existen en el Estado; y por consiguiente, dicen, si tiene algún derecho, si alguna facultad legítima posee para obrar, lo debe al favor y las concesiones de los gobernante Consecuencias últimas “De modo que en esta situación política de que hoy día muchísimos se han encariñado, ya se ha formado una costumbre y tendencia, o de quitar completamente de en medio a la Iglesia, o de tenerla atada y sujeta al Estado. En gran parte se inspira en estos designios lo que los gobernantes hacen. Las leyes, la administración pública, la enseñanza laica de la juventud, la incautación de los bienes, y la supresión de las órdenes religiosas como la des-trucción del poder temporal de los Romanos Pontífices, todo obedece al fin de herir el ner-vio vital de las instituciones cristianas, sofocar la libertad de la Iglesia Católica y triturar sus otros derechos.”León XIII ha, por lo tanto, demostrado que el nuevo derecho, aquel de los principios liberales, conduce al indiferentismo del Estado en relación a la religión (es, dice “el ateísmo sin el nombre”), y a eliminar la religión católica de la sociedad. En otras palabras, el objetivo de los impíos liberales no es nada menos que la eliminación de la Iglesia por medio de la destrucción de los Esta-dos católicos que la sostienen. Esos estados eran las murallas de la fe. Era necesario entonces abatirlas. Y una vez destruidas esas defensas de la Iglesia, una vez suprimidas las instituciones políticas que eran su protección y la expresión de su benéfica influencia, la Iglesia misma sería paralizada y abatida y con ella la familia cristiana, la escuela cristiana, el espíritu cristiano y hasta el mismo nombre cristiano. León XIII ve claramente ese plan satánico, tramado por las sectas masónicas, y que llega hoy a sus últimas consecuencias.




El Liberalismo laicizante en obra durante el Vaticano II.

Pero el colmo de la impiedad, que nunca había sido alcanzado hasta entonces, fue cumplido cuando la Iglesia misma, o al menos lo que ha querido pasar por tal, adoptó en el Concilio Vaticano II el principio del laicismo del Estado, o lo que es equivalente, la regla de la igual protección del Estado a los adeptos de todos los cultos, por la declaración sobre la libertad religiosa; volveré sobre este tema. Pero eso demuestra al mismo tiempo hasta qué punto han penetrado las ideas liberales en la Iglesia, incluso hasta sus más altas esferas. También volveré sobre esto. He aquí, para recapitular, el encadenamiento lógico de los principios liberales hasta sus consecuencias extremas para la Iglesia; se trata del esquema adjunto a la carta que dirigí al Card. Seper el 26 de febrero de 1978. Es un esclarecedor paralelo de la Quanta Cura de Pío IX y de la Immortale Dei de León XIII.

León XIII
Immortale Dei
(en E. P., pág. 329, N° 19-21)

1) Condenación del racionalismo individualista indiferentista, del indiferentismo y del monismo estatal. “Todos los hombres… son iguales en su acción vital, siendo cada uno tan dueño de sí mismo que de ningún modo está sometido a la autoridad de otro, que puede pensar de cualquier cosa lo que se le ocurra y obrar libremente lo que se le antoje… “(…) La autoridad pública no es más que la voluntad del pueblo… De este modo… el pueblo contiene en sí la fuente de todos los derechos… síguese lógicamente que el Estado no se crea deudor de Dios en nada, ni profese oficialmente ninguna religión, ni deba (…) favorecer a una principalmente.”

2) Consecuencia: el “derecho a la libertad religiosa” en el Estado. “…sino que deba conceder a todas ellas igualdad de derechos, a fin de que el régimen del Estado no sufra de ellas ningún daño. “Lógico será dejar al arbitrio de cada uno todo lo que se refiere a la religión, permitiéndole que siga la que prefiera o ninguna en absoluto, cuando ninguna le agrada.”

3) Consecuencias de ese “derecho nuevo”. “Admitidos estos principios, que frenéticamente se aplauden hoy día, fácilmente se comprenderá a qué situación más inicua se empuja a la Iglesia. “Pues, donde quiera que la actuación responde a tales doctrinas, se coloca al catolicismo en pie de igualdad con sociedades que son distintas de ella o aún se lo relega a un sitio inferior a ellas (…) obran, en fin de tal modo respecto de ella, que negándole la naturaleza y los derechos de una sociedad perfecta, la ponen en el mismo nivel de las otras sociedades que existen en el Estado.”



Pío IX
Quanta Cura (8-XII-1864)
(en E. P., pág. 156, N° 4)

1) Denuncia del naturalismo y su aplicación al Estado.

“Hoy no faltan hombres que, aplicando a la sociedad civil el impío y absurdo principio del naturalismo, como le llaman, se atreven a enseñar, que el mejor orden de la sociedad pública y el progreso civil demandan imperiosamente, que la sociedad humana se constituya y se gobierne, sin que tenga en cuenta la Religión, como si no existiese; o por lo me-nos, sin hacer ninguna diferencia entre la verdadera Religión y las falsas.”

2) Consecuencia: el “derecho a la libertad religiosa” en el Estado. “Además, contradiciendo la doctrina de la Escritura, de la Iglesia y de los Santos Padres, afirman que ‘el mejor gobierno es aquel en el que no se reconoce al poder, la obligación de reprimir por la sanción de las penas a los violadores de la Religión católica, a no ser que la tranquilidad pública lo exija.’ y ‘Que la libertad de conciencia y de cultos es un derecho libre de cada hombre, que debe ser proclamado y garantizado en toda sociedad bien constituida…’.”


3) Consecuencias de ese “derecho nuevo”: ataque a la Iglesia. Pío IX denuncia la última “opinión” citada en el N° 2 de la siguiente manera: “opinión errónea, la más fatal a la Iglesia Católica y a la salvación de las almas”. No dice más, pero agrega más adelante que todo eso lleva a “desterrar a la Religión de la pública sociedad”. Si bien el Vaticano II no proclama el primer principio del liberalismo – el cual he llamado racionalismo individualista e indiferentista–, sin embargo encontramos en él, como mostraré seguidamente, todo su contenido y consecuencias: el indiferentismo del Estado, derecho a la libertad religiosa para los seguidores de todas las religiones, destrucción del derecho público de la Iglesia, supresión de los Estados católicos. Todo está allí, toda esta serie de abominaciones se encuentra allí consignada y exigida por la lógica misma de un liberalismo que no quiere decir su nombre, pero, que es su fuente envenenada.