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miércoles, 17 de febrero de 2016

LE DESTRONARON - Del liberalismo a la apostasía La tragedia conciliar.

CAPITULO XII
LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA
“La enseñanza no puede ser sino de verdades.”
León XIII, Libertas.

Entre las nuevas libertades, la tercera condenada por los Papas, ha sido la libertad de enseñanza. ¡Escandalizaos entonces almas ingenuas, espíritus liberales que se ignoran, cerebros embebidos de dos siglos de cultura liberal! Sí, confesad que no salís de vuestro asombro, que ya no se comprende nada: ¡los Papas condenan la libertad de enseñanza! ¡Oh sorpresa, oh escándalo! el Papa –y qué Papa, León XIII, que algunos llaman liberal– condena la sacrosanta libertad de enseñanza! Pero ¿cómo defenderemos nuestras escuelas católicas, bueno...nuestras escuelas libres? –pues el nombre de escuela católica tiene un resabio de sectarismo, un sabor de guerra religiosa, un color demasiado confesional que no es bueno manifestar en un tiempo en el cual cada uno en su lugar guarda su bandera en el bolsillo.

Os haré admirar de paso las muelles y dulzonas virtudes liberales, superándose la una a la otra en hipocresía: necedad, cobardía, traición se dan aquí la mano para cantar en coro, como en junio de 1984 en las calles de París, el “Cántico de la escuela libre”: “Libertad, libertad, tu eres la única verdad.” Lo que claramente hablando significa: “No os pedimos más que la libertad, bueno... un poquito de libertad para nuestras escuelas; no tenemos nada en contra de la libertad de enseñanza laica y obligatoria, de la libertad del casi monopolio de la escuela marxista y freudiana. Continuad tranquilamente arrancando de las almas a Jesucristo, denigrando a la patria, manchando nuestro pasado, en el espíritu y el corazón del 80% de los niños; por nuestra parte cantaremos loas a los méritos de la tolerancia y del pluralismo, denunciaremos los errores del fanatismo y la superstición; en resumen, haremos saborear los encantos de la sola libertad al 20% que nos queda.” Dejo ahora a los Papas el cuidado de mostrarnos la falsedad de esta libertad nueva y la trampa que ella constituye para la defensa verdadera de la enseñanza católica. En primer lugar veamos su falsedad.

“No de otra manera se ha de juzgar la que llaman libertad de enseñanza. No puede, en efecto, caber duda de que sólo la verdad debe llenar el entendimiento, porque en ella está el bien de las naturalezas inteligentes y su fin y perfección; de modo que la enseñanza no puede ser sino de verdades, tanto para los que ignoran como para los que ya saben, para dirigir a unos al conocimiento de la verdad y conservarlo en los otros. Por esta causa, sin duda, es deber propio de los que enseñan, librar de error a los entendimientos y cerrar con seguras defensas el camino que conduce a opiniones engañosas. Por donde se ve cuánto repugna a la razón esta libertad de que tratamos, y cómo ha nacido para pervertir radicalmente los entendimientos al pretender serle lícito enseñarlo todo según su capricho; licencia que nunca puede conceder al público la autoridad del Estado sin infracción de sus deberes. Tanto más, cuanto que puede mucho en los oyentes la autoridad del maestro y es rarísimo que pueda el discípulo juzgar, por sí mismo, si es o no verdad lo que explica el que enseña. Por lo cual es necesario que esta libertad no salga de ciertos términos, si ha de ser honesta, es decir, si no ha de suceder impunemente que la facultad de enseñar se trueque en instrumento de corrupción.” Tomemos nota entonces de estas palabras del Papa: el poder civil no puede acordar en las escuelas llamadas públicas la libertad de enseñar Marx y Freud, o, lo que es peor, la licencia de enseñar que todas las opiniones y doctrinas valen por igual, que ninguna puede reivindicar la verdad para sí, que todas deben tolerarse mutuamente; lo que constituye la peor de las corrupciones del espíritu: el relativismo.

Consideremos ahora la trampa que significa la libertad de enseñanza. Consiste para el católico en decir al Estado: “No os pedimos más que la libertad.” En otras palabras “la escuela libre, en el Estado libre”. O también: “¡Dejáis libertad a Marx y a Freud en vuestra escuela laica, dejad entonces libertad a Jesucristo en nuestras escuelas libres!” Esto es una trampa: es dejar a la libre voluntad del Estado el cuidado de determinar el mínimo tolerable de vuestro proyecto educativo cristiano en una sociedad laica, para que se sometan dócil-mente a él. Sería un argumento ad hominem a lo sumo aceptable ante un régimen brutal-mente perseguidor, pero frente a un poder liberal-masónico tal como existe en Occidente, especialmente en Francia, y en un país en el cual los recursos de la cristiandad no han sido aniquilados, es una cobardía y una traición. ¡Católicos, mostrad valientemente vuestra fuerza! ¡Manifestad abiertamente los derechos de Jesucristo sobre los espíritus redimidos por su sangre! ¡Defended valerosamente la libertad plena que la Iglesia tiene de enseñar, en virtud de su misión divina! Reivindicad también la plena libertad de los padres a dar una educación y una instrucción católica a sus hijos, en virtud de su oficio de educadores de la prole. Tal es la enseñanza de Pío XI en su encíclica Divini Illius del 31 de diciembre de 1929, sobre educación:

“Doble es, pues, la función de la autoridad civil, que reside en el Estado: la de proteger y promover; y no absorber a la familia y al individuo, o suplantarlos. “Por lo tanto, en orden a la educación, es derecho, o por mejor decir, deber del Estado, proteger en sus leyes el derecho anterior –que dejamos descrito arriba– de la familia en la educación cristiana de la prole; y, de consiguiente, respetar el derecho sobrenatural de la Iglesia sobre tal educación cristiana.”Y también en su encíclica Non Abbiamo Bisogno del 29 de junio de 1931 contra el fascismo que estrangulaba las asociaciones católicas de juventud, Pío XI escribió unas admirables palabras que se aplican a la plena libertad de enseñanza, a la que tienen derecho tanto la Iglesia como las almas mismas: “Decíamos los derechos sagrados e inviolables de las almas y de la Iglesia. Se trata del derecho que tienen las almas a procurarse el mayor bien espiritual bajo el magisterio y la obra formadora de la Iglesia, divinamente constituida, única mandataria de este magisterio y de esta obra, en el orden sobrenatural, fundado por la sangre de Dios Redentor, necesario y obligatorio para todos a fin de participar de la Redención divina. Se trata del derecho de las almas así formadas a comunicar los tesoros de la redención a otras almas y a participar bajo este respecto en la actividad del apostolado jerárquico [Pío XI apunta hacia la Acción Católica].

“En consideración a este doble derecho de las almas, decíamos recientemente que Nos consideramos felices y orgullosos de combatir el buen combate por la libertad de las conciencias, no (como tal vez por inadvertencia nos han hecho decir algunos) por la libertad de conciencia, frase equívoca y frecuentemente utilizada para significar la absoluta independencia de la conciencia, cosa absurda en un alma creada y redimida por Dios. “Se trata, por otra parte, del derecho no menos inviolable que tiene la Iglesia de cumplir el divino mandato de su Divino Fundador, de llevar a las almas, a todas las almas, todos los tesoros de verdad y de bien, doctrinales y prácticos, que El había traído al mundo. ‘Id y enseñad a todas las naciones enseñándoles a guardar todo lo que os he confiado’ (Mat. 28, 19-20).”

Esta doctrina se aplica especialmente a la enseñanza dispensada por las escuelas católicas. Pienso que se comprende mejor ahora la diferencia y la oposición diametral entre la libertad de enseñanza liberal, por así decirlo, y la libertad total de enseñanza reivindicada por la Iglesia como uno de sus derechos sagrados. ¿Qué lugar deja la doctrina de la Iglesia al Estado en la enseñanza y la educación? La respuesta es simple: puestas aparte ciertas escuelas preparatorias a los servicios públicos, como las escuelas militares, por ejemplo, el Estado no es ni educador ni docente. Su oficio es, según el principio de subsidiariedad aplicado por Pío XI en la cita precedente, de promover la fundación de escuelas libres por los padres y por la Iglesia, y no substituirlos. La escuela estatal, el principio de un “gran servicio nacional educativo”, incluso si no es laico y si el Estado no reivindica el monopolio de la educación, es un principio contrario a la doctrina de la Iglesia.

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