utfidelesinveniatur

jueves, 22 de octubre de 2020

CRISTO REY.

 


I-El Concepto de Cristo Rey.

Los conocimientos que al estudiar las creaturas acumulamos, los podemos referir y aplicar a Dios conforme a esta ley: si incluyen una perfección, ésta se encuentra en Dios en grado infinito; si incluyen imperfección, de cualquier orden, tal conocimiento de ningún modo puede convenir a Dios, si no es en sentido puramente negativo. Así la bondad que palpamos y nos cautiva en las creaturas, podemos y debemos referirla y aplicarla a Dios en grado infinito; por el contrario la ignorancia, el pecado, no sólo no pueden encontrarse en Dios, sino que repugna en El la existencia de cualquiera imperfección y del mal moral.

Ahora bien; el Cap. primero nos ha proporcionado conocimientos claros, siquiera sea abstractos, acerca de la realeza entre los hombres. De esos mismos conocimientos vamos a hacer escala para subir al claro y distinto conocimiento de la potestad regia de Cristo.

Supuesta, en estos momentos, la existencia de la Realeza de Jesucristo, nos preocupa sólo esclarecer el modo como esa realeza se verifica en el Dios hecho hombre. Es decir cómo se realiza el concepto humano de rey en el Dios Hombre. Con esto hemos llegado a la cuestión culminante de esta primera parte de nuestro estudio: el concepto metafísico de la Realeza-de Cristo, o en otras palabras: los constitutivos esenciales de ese concepto.

Antes de analizar así los constitutivos esenciales como los accidentales de la Realeza de Cristo, conviene recordar lo que queda dicho respecto de la potestad humana: que exige un sujeto, una persona en concreto, física o moral, que actúe sobre los asociados para hacerles conseguir el fin común. Al aplicar esta noción a la potestad regia de Cristo, si inquirimos teológicamente sobre el sujeto adecuado y completo de la potestad regia, como en Jesucristo hay dos naturalezas, la humana y la divina, no se puede decir ni que la naturaleza humana sola, ni que la naturaleza divina sola son el sujeto adecuado y completo de la Realeza en Jesucristo, sino el compuesto teándrico, es decir: Cristo, Dios-hombre 18.

Haciendo pie en todo lo que dejamos explicado en páginas anteriores decimos que el concepto de Cristo Rey excluye todo lo que de imperfecto y limitado encontramos en el concepto de realeza humana, e incluye cualquier género de perfección en un grado infinito. Desentrañemos un poco esta afirmación.

Perfecciones son en el rey humano: la excelencia y la primacía entre los miembros de la sociedad: perfección es su autoridad o poder moral de jurisdicción y perfección es su triple poder de dar leyes, de hacerlas ejecutar y de castigar y premiar; perfección es que ejerza su potestad sobre una sociedad perfecta: todas estas perfecciones se encuentran en Cristo Rey en grado infinito.

Imperfección, o por lo menos limitación, es en el rey humano el recibir su realeza por un título extrínseco a su naturaleza. Semejante imperfección no existe en Jesucristo Rey, al contrario: de Su misma naturaleza, de la unión sublimemente misteriosa de su humanidad con la divinidad nace el UNGIDO por excelencia, Hombre-Dios Rey por esencia 19.

Imperfección es también en los reyes humanos el que vean su poder real muy limitado en el tiempo y en el espacio, y sujeto a muchas peripecias de la fortuna.

Si nos fijamos en el poder de jurisdicción, o sea el que confiere la superioridad, la potestad pública de dirigir los miembros de la sociedad perfecta a su fin, icuán gran diferencia encontramos entre la jurisdicción de los hombres y la de Cristo! La jurisdicción de un rey humano es limitada:

 a)-en cuanto al número de súbditos;

b) -en cuanto a la extensión del territorio. Las expresiones que encontraremos en el profeta Daniel; en las que Nabucodonosor para ponderar su poder; se atribuye hiperbólicamente la sumisión de "todos los pueblos, lenguas y naciones", son propias del lenguaje oriental, y, en realidad, falsas. (Cfr. Dan. 3, 4, 98); c)-en cuanto a las acciones externas e internas de los súbditos; d)-en cuanto a las cosas de los súbditos, pues El, como Dios las ha creado y tan sólo se las ha dado en usufructo; el-finalmente su jurisdicción traspasa los límites del tiempo y persistirá durante toda la eternidad.

No debemos omitir que la raíz principal de las diferencias entre la jurisdicción humana de los reyes y la jurisdicción humano-divina de Cristo Rey, es la finalidad primordial de ambas jurisdicciones:

la jurisdicción de los reyes se dirige a conseguir el bien común material de los súbditos: la Jurisdicción de Jesucristo Rey persigue primordialmente -no. únicamente-, el bien espiritual 20.

Los hombres perversos, instrumentos del Demonio, y el Demonio mismo con sus legiones del mal, pueden jactarse momentáneamente -mil años se reducen a un día en la presencia del Señor-, 21 de haber vencido a las huestes de Cristo Rey. .. ¡Insensatos! Hasta ahora la sangre de mártires ha sido siempre semilla de cristianos, y el tirano y perseguidor, a la hora tremenda de la muerte, muy a su pesar, habrá de gritar su derrota: "¡Venciste, Galileo! ... "

A estas perfecciones esenciales de la realeza de Cristo podemos añadir dos accidentales que tienen su fuente en el amor: en el Corazón de Cristo Rey, y en el corazón de los súbditos de Cristo Rey.

Cristo Rey tenía derecho a su realeza, por el solo derecho de nacimiento; pero su amor, con misericordia libérrima, quiso conquistar un título, un derecho nuevo para reinar: el derecho y título de conquista, y esta conquista se realizó con lucha! con sangre, con muerte; no con plata y oro corruptibles 22. De esta manera, al derecho nativo) Cristo ha añadido el derecho adquisitivo de conquista.

Los hombres, los que tenemos la dicha y el privilegio de conocer y de amar a Jesucristo, hemos querido, libremente, añadir un nuevo título a su realeza: el electivo. Llevados del conocimiento, sobre todo conquistados por el amor, los cristianos de todos los tiempos hemos formado pavés de nuestros corazones, y arrancando la negación a la frase blasfema, hemos gritado en lo íntimo del alma, y, si ha sido necesario en las calles y en las plazas, en las arenas del circo o en el paredón patibulario, que queremos que EL REINE sobre nosotros ... I VIVA CRISTO REY!. ..

Resumamos: decir Cristo Rey o decir Realeza de Cristo es lo mismo que decir y confesar:

l.-Su infinita excelencia y primacía sobre todos sus súbditos.

2.-Su infinita autoridad.

3.-Su infinito poder legislativo, ejecutivo y judicial, con una jurisdicción primordialmente espiritual.

4.-Su infinito poder en el espacio y en el tiempo, es decir que se extiende a todas las naciones y a todos los tiempos.

5.-Su triple derecho a la realeza: nativo, adquisitivo, y electivo.

Tal es la riqueza y profundidad del concepto de Cristo Rey, que confiamos manifestar e ilustrar teológicamente extrayendo lo más precioso que encontremos en esas minas inagotables: las fuentes de la Revelación. Pero antes queremos llamar la atención sobre un aspecto de la Realeza de Cristo, que por su actualidad e importancia merece un estudio aparte.

II.-El Concepto Actual de Cristo Rey.

Designamos así a un aspecto especial en la Realeza de Jesucristo, que, a nuestro juicio, incluye un concepto nuevo que debe añadirse a su realeza, en el sentido de que, lo que era antes implícito se ha tornado explícito 23.

Este concepto ha venido actuándose, precisándose y definiéndose por medio de los documentos de la Iglesia, sobre todo en los últimos cincuenta años. Se puede asegurar que la teología de Cristo Rey ha tenido un desarrollo progresivo desde la Encíclica "Annum Sacrum" de León XIII (1889), hasta los documentos de los últimos Papas. Punto culminante de ese desarrollo fue, la por muchos títulos celebrada Encíclica' "Quas primas", del 11 de Diciembre de 1926. En los mismos manuales modernos de Teología 21. Ee patente el modo distinto como los Teólogos proponen la tesis (le Cristo Rey, antes y después de "Quas primas"), Aspecto y concepto nuevos son: la Realeza SOCIAL de Jesucristo. La razón filosófica en que me fundo para afirmar que en este aspecto social existe un nuevo concepto, que debe añadirse al concepto tradicional de Cristo Rey 25, es la siguiente.

Un nuevo concepto supone la existencia de una nueva realidad.

Un ejemplo. Los fieles tienen ahora el concepto nuevo de la devoción al Sagrado Corazón de Jesús. Pero para que en sus mentes se formara esa nueva idea fue menester que antes existiera la realidad de esa devoción: apariciones a Sta. Margarita, aprobación de la Iglesia, exposición teológica de la devoción, con su objeto material y formal, etc.· De modo idéntico ha sucedido respecto a la devoción a la Realeza de Cristo, en general, y de manera explícita a su realeza social. Es verdad que, hasta ahora, Jesucristo no se ha aparecido para pedimos el culto a su realeza social 26, pero en su lugar se ha levantado la voz de su Vicario en la tierra, que con el peso y autoridad de una Encíclica ha pedido ese culto y ha establecido en honor de la Realeza de Cristo, y con mención expresa de la realeza social, solemnísima festividad. La exigió también Jesucristo indirectamente, por el clamor de los males modernos, sobre todo sociales: el culto y la devoción activos y prácticos a la Realeza de Cristo los sanará a todos.

A esta petición explícita y solemne de Cristo, por medio de su Magisterio vivo, había precedido ya el movimiento del pueblo católico, que con su instinto religioso . que guía el Espíritu Santo, presentía en la Realeza de Cristo el nuevo lábaro del Catolicismo moderno 21.

Si, pues, la realidad de la realeza social de Jesucristo existe, por las razones expuestas, el concepto también debe existir. Concepto expresado, a nuestro modo de ver, magistralmente por el Papa de Cristo Rey, Pío XI, en estas graves e inspiradas palabras:

"No es necesario, Venerables hermanos, que os expongamos detenidamente los motivos por los cuales hemos instituido la solemnidad de Cristo Rey distinta de las otras fiestas en las cuales parece ya indicada e implícitamente solemnizada esta misma dignidad real. Basta advertir que, mientras el objeto material de todas las fiestas de Nuestro Señor es Cristo mismo, el objeto formal se distingue, y en ésta es el NOMBRE Y LA POTESTAD REGIA DE CRISTO" 28.

 Luego el objeto propio y exclusivo de la fiesta de Cristo Reyes su nombre de REY y su POTESTAD REAL; nombre y potestad que nosotros hemos venido llamando: REALEZA DE CRISTO.

Este es el aspecto total de Jesucristo que se propone al culto del pueblo católico; pero en ese aspecto total se hace resaltar, en varias secciones muy importantes de la Encíclica "Quas primas", el aspecto social, de suerte, que, de todo el contexto se infiere esta conclusión: la mente del Sumo Pontífice, en las circunstancias actuales de la sociedad, quiso defender y proclamar la REALEZA       SOCIAL DE JESUCRISTO.        

Repetimos: este concepto actual de Cristo Rey o realeza social, es nuevo, en cuanto que supone una nueva realidad en la Realeza de Cristo, realidad. que existía ya implícita, y que las necesidades de los tiempos que. vivimos la han hecho explícita manifestándola oficial y dogmáticamente al mundo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario