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martes, 19 de octubre de 2021

¿LA TESIS DE LA ACCIÓN DE DOBLE EFECTO ES APLICABLE A LA VACUNA ANTICOVIAL? O COVI-19

 

Nota. Quizá muchos de nuestros lectores no entiendan el enfoque moral y teológico que se le esta dando a la cuestión de la vacuna del covi-19 en virtud de la poca preparación doctrinal sobre el tema. Esto a pesar de los numerables ejemplos y repeticiones hechas a propósito para su recto entendimiento, sugerimos de favor y con prudencia preguntar al editor ya que el autor del artículo es italiano.

 La conciencia médica

    Los científicos, no enfeudados a las empresas farmacéuticas, enseñan y demuestran, después de la investigación de laboratorio, que en las vacunas también hay células de fetos abortados expresamente con el aborto procurado (y no accidentalmente por aborto) para el envasado del suero de la vacuna. Además, su eficacia es muy dudosa y muchos investigadores admiten los peligros de los efectos secundarios graves. Por lo tanto, la cuestión de las vacunas presenta al menos tres problemas de conciencia, el primero de los cuales es un obstáculo mayor.

   Hay cientos de publicaciones científicas sobre este tema y remito al lector a ellas, que se han resumido en http://wwwrenovatio21.com de 22 de noviembre de 2020.

    En cuanto a la vacuna para el covid-19, los investigadores también enseñan que contiene microorganismos que pueden modificar el comportamiento humano, o sea el A. D. N., haciendo que se controle a distancia como si fuera un robot, por lo que también existe este otro problema ético, el de la inteligencia artificial, la nanotecnología junto con el grafeno.

Teología Moral

    Recientemente se ha publicado en los Estados Unidos (Cf. Fraternidad San Pío X) un estudio que, para resolver la cuestión de si es lícito o no vacunarse, aplica la doctrina estudiada en la Teología Moral a) sobre la acción con doble efecto, es decir, sobre el aspecto material y el formal. y b) sobre la cooperación únicamente material al pecado formal de los demás. La que consideran que no hay pecado mortal y, por eso, pude ser licita la vacuna.

   En resumen, se argumenta que no es lícito fabricar vacunas con fetos abortados expresamente para el envasado de sueros de vacunas, pero se afirma que es lícito vacunarse con ellos porque sería sólo una cooperación material (vacunarse) al pecado formal de otros (conseguir que las mujeres abortadas produzcan vacunas con fetos abortados).

 Acción con doble efecto

    El problema a) de la causa con doble efecto y b) de la cooperación material en el pecado formal de otros es el siguiente:

    ¿Es lícito a) realizar una acción, de la que se espera que se deriven dos efectos: ¿uno bueno o al menos indiferente y el otro malo, ¿y luego b) cooperar sólo materialmente al posible pecado cometido por otros?

    La Teología Moral (cf. Suma Teológica, I-II, qq. 18-20) enseña que un acto voluntario indirecto (o en causa) es moralmente malo, si el agente prevé al menos de manera confusa el efecto malo del acto bueno o indiferente (por ejemplo, si bebo preveo que me emborracharé y blasfemaré, ahora bien, a pesar de esto bebo y blasfemo, aunque esté aturdido sin tener una advertencia completa y un consentimiento deliberado en el acto de blasfemar. Así pues, la blasfemia fue intencional o indirecta y por lo tanto he pecado gravemente).

   Sin embargo, excepcionalmente, los moralistas añaden que esto sólo puede ser lícito si se cumplen cuatro condiciones: 1°) el acto debe ser bueno en sí mismo, si es malo está prohibido como pecaminoso; 2°) el sujeto operante debe apuntar al efecto bueno y no al malo, es decir, debe tener una intención moralmente buena y el efecto malo no debe ser querido o previsto directamente, sino sólo permitido indirectamente; 3°) los dos efectos no deben estar conectados entre sí de modo que el efecto bueno (fin) nazca del malo (medio), ya que no se puede hacer el mal para obtener el bien, el buen fin no justifica los malos medios; 4°) debe haber una razón seria, justa y proporcionada para permitir y no querer el efecto malo. (Por ejemplo; un hombre herido en una pierna cuya herida deba cauterizarle y a falta de anestesia se le dé una bebida alcohólica, el acto es bueno en si mismo, el paciente no quiere emborracharse sino curarse cuyo efecto es bueno, en tercera estancia el efecto es bueno: que no se le gangrene la pierna a pesar del medio que es malo el alcohol y, finalmente, se procura evitar la gangrena y la posible amputación de la pierna)

 Cooperación material en el pecado formal de otros

    La cooperación formal, ya sea directa o positiva al pecado de otros, es siempre ilícita en sí misma; la cooperación material, indirecta y negativa puede ser permisible bajo ciertas condiciones. De hecho, [en la cooperación material] no se trata de una acción en el sentido estricto de la palabra, sino de un comportamiento negativo (silencio, tolerancia) ante el pecado de los demás; el no actuar no establece ninguna causalidad y no implica ninguna culpa en el mal que hacen los demás. Sin embargo, es una omisión, por lo que, si hay un deber de actuar y hablar, entonces la omisión se puede convertir en un pecado. Sólo es lícito si se verifican las normas del voluntario indirecto (o in causa) o sobre la permisión de los efectos nocivos en un acto moralmente bueno.

   El voluntario indirecto (o in causa) existe cuando algo no se quiere en sí mismo, pero sólo se permite que ocurra; sin embargo, si se quiere algo como medio para un fin (por ejemplo, el aborto del feto para tratar a la madre o para producir una vacuna) la acción no es lícita. Si el efecto del voluntario en cuestión es malo, se imputa al agente, si lo predijo al menos confusamente (por ejemplo, Noé, que desconocía los efectos del vino, no era culpable de su embriaguez. Según la Santa Biblia Noe planto una viña y con su fruto hizo un vino el cual tomo sin medida y quedo totalmente borracho, pero él ignoraba los efectos de esta acción por eso no le se imputo a pecado) y si tenía el poder de prevenir la causa (si me bloquean con fuerza y me hacen beber con violencia una botella de licor no soy culpable de embriaguez).

   Los moralistas explican que en la cooperación material la acción no se dirige al pecado de los demás, (a quienes su cooperación al pecado fue formal al elaborar dicha vacuna mala por sí misma) sino que la acción del cooperador (p. ej. El acto de vacunarse) es disfrutada por el pecador (p. ej. hacer vacunas con fetos abortados) sin el conocimiento del cooperador, como pura acción física sin ningún consentimiento moral (por ejemplo, si vendo un cuchillo a alguien que matará a otro con él, sin que yo lo haya previsto; de la misma manera me vacuno sin saber que la vacuna contiene fetos abortados). Pero, por desgracia, no se libra de los efectos secundarios propios de la vacuna mala, pésima e infernal.

  Diferente es el caso de la cooperación formal, pero sólo implícita, es decir, que no es deseada interiormente, pero que colabora física y exteriormente, aunque el acto sea intrínsecamente malo (por ejemplo, una enfermera peca si colabora físicamente con el médico en un aborto, aunque no lo apruebe moral e interiormente; un cristiano peca si sacrifica exteriormente a los ídolos, aunque interiormente pretenda aborrecer la idolatría). De hecho, nunca está permitido hacer exteriormente algo que sea pecaminoso en sí mismo, aunque se disienta internamente.

   La Revelación Divina (2o. Libro de los Macabeos, 6:18, ss. ) relata el magnífico y muy actual ejemplo que nos dio el escriba de noventa años Eleazar, contado en las Sagradas Escrituras, que prefirió morir antes que pretender sólo comer cerdo: De hecho, cuando los sirios le abrieron la boca para obligarle a comer cerdo, carne impura, él se resistió; ya que los judíos presentes, que le amaban, le dieron carne pura, diciéndole que fingiera comer cerdo, él respondió que no podía fingir, que convertiría en pagano si lo hacía y prefería ser martirizado... "¿Dónde están los Macabeos?” se preguntaba Monseñor Lefebvre con tristeza después del día pan-ecumenista de Asís en abril de 1986.

   La cooperación material en el pecado formal de los demás puede ser lícita, pero debe remontarse al voluntario indirecto y al efecto malo de un buen acto. En la práctica hay que considerar, si se dan, las cuatro condiciones que hemos visto anteriormente, ya que sólo en este caso es permisible cooperar materialmente con el pecado formal de los demás.

   Por ejemplo, si alquilo una casa a un médico, y yo sé que se practicará allí el aborto, no puedo hacerlo, porque debo evitar el mal efecto que se produce al alquilar mi casa, que se utilizará para la práctica del aborto.

   Además, si el acto sólo tiene efectos negativos, siempre es ilegal. Ahora bien, muchos científicos creen que la vacuna contra el Covid-19 no tiene ningún elemento positivo, pero hay muchos elementos, si no todos, que son seriamente peligrosos para la salud. Estos son: el suero abortivo, el grafeno, las nano partículas y la enzima que altera el A. D. N, humano.

 Solución del problema

    Ahora bien, si aplicamos los principios de moralidad mencionados al caso de la vacuna anticovid-19, se deduce que un acto indirecto o voluntario es moralmente malo si el agente prevé al menos de manera confusa el efecto malo del acto bueno o indiferente; sin embargo, sólo puede ser lícito si se cumplen cuatro condiciones: 1°) el acto debe ser bueno en sí mismo, si es malo, está prohibido como pecaminoso; 2°) el sujeto actuante debe buscar el efecto bueno y no el malo, es decir, debe tener una intención moralmente buena y el efecto malo no debe ser querido o previsto directamente sino sólo permitido indirectamente; 3°) los dos efectos no deben unirse de tal manera que el efecto bueno surja del malo, ya que no se puede hacer el mal para obtener el bien, el fin bueno no justifica los malos medios; 4°) debe haber una razón seria, justa y suficientemente proporcionada para permitir el efecto malo.

   Ahora, veamos una por una las cuatro condiciones, en el caso de la vacuna, excepto la segunda que no es estrictamente relevante para la moralidad del acto de vacunación:

    1) el acto debe ser bueno en sí mismo, si es malo está prohibido como pecaminoso: inocular un líquido hecho con fetos abortados explícitamente para envasar la vacuna es un acto malo. Esta primera condición por sí sola hace que el acto de vacunación sea inmoral e ilícito. Además, la vacuna anticovid-19 fue concebida con la perspectiva del Transhumanismo, que pretende crear al hombre con inteligencia artificial en lugar de Dios: "Eritis sicut dii - Seréis como dioses" (Gen. 3:5). Por último, los efectos secundarios de las vacunas son muy peligrosos para la salud.

Para lo cual ya existen casos fehacientes de consecuencias secundarias físicas, mentales e incluso de muerte por la vacuna.

   2°) Los dos efectos no deben unirse para que del malo nazca el efecto bueno, ya que no se puede hacer el mal para obtener el bien, el buen fin no justifica los malos medios; ahora bien, sin fetos abortados (medio) no se obtiene la vacuna y la prevención de covid-19 (fin). Así que el supuesto efecto bueno (prevención del covi.19) viene directamente del malo (líquido hecho con fetos abortados). Esta condición por sí sola también hace que el acto sea moralmente malo. Además por los hechos actuales de muertes de personas vacunadas demuestra que contiene cero inmunidad en el cuerpo ya que era otro el fin que se persigue; matar a los vacunados tarde o temprano mediante los efectos secundarios de estas pérfidas vacunas.

   3°) Debe haber una razón seria, justa y suficientemente proporcionada para permitir el mal efecto (prevenir un virus no es una razón para permitir el aborto, la vacuna no es una medicina curativa o salvadora, sino que debe ser pura prevención de una gripe).

   Por lo tanto, no puede aplicarse la causa a doble efecto a la vacunación.

Es decir, la colaboración material como la formal son ilícitas respecto a esta vacuna del covi-19. 

ADVERTENCIA. Quza el articulo no sea entendido en su primer lectura, por favor leerlo por segunda o tercera vez. gracias.

   P. Curzio Nitoglia

(Artículo original en Italiano:

 

https://doncurzionitoglia.wordpress.com/2020/11/23/tesi-azione-effetto-doppio-e-vaccino-anticovid/)

 

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