EL
PRINCIPIO DEL FIN DE LA OBRA DE MONS, MARCEL LEFEBVRE.
¡No lo olvidemos!
Mucho se ha dicho y escrito en tiempos recientes sobre
la Declaración Doctrinal (DD) presentada a Roma por el Obispo Bernard Fellay el
15 de Abril del 2012 en nombre de la Sociedad San Pío X. Sin embargo, nos parece importante hacer un estudio
detallado del texto mismo y las circunstancias que lo rodean. También lo
compararemos con textos similares.
El siguiente estudio del documento no pretende ser
exhaustivo. Su único objetivo es el contribuir a la búsqueda de la verdad
y el abrir un honesto y franco debate en las consecuencias del texto.
Además, este estudio se ha vuelto necesario para
responder a todos aquellos quienes han
tomado recientemente la defensa de esta Declaración, -no sólo el mismo Monseñor
Fellay, sino los otros obispos, sacerdotes y laicos de la Sociedad San Pío X.
Para comprender de mejor manera la evolución de las circunstancias que rodean
la composición de la Declaración Doctrinal.
PARTE I: DECLARACIÓN
DOCTRINAL DEL 15 DE ABRIL DE 2012
Parte I: Antes de la Declaración;
Parte II: Análisis de
la Declaración;
Parte III: Respuesta a las Objeciones.
La Parte I no debe ser descuidada, porque sirve para
situar las diferentes etapas a través de las cuales pasó Monseñor Fellay antes
de escribir su Declaración Doctrinal.
La Parte II, que es más larga, analizará la Declaración
en sí y las circunstancias que
inmediatamente la precedieron.
La Parte III expondrá principalmente las consecuencias y
las reacciones que siguieron a la publicación de la DD y responderá a los
argumentos de quienes toman la defensa de su autor.
PARTE I: ANTES DE LA DECLARACIÓN DOCTRINAL
I.- ¿Por qué hablar de esto?
II.- La situación antes del Preámbulo del 15
de Abril de 2012
1) Monseñor Fellay empezó por ignorar lo que Monseñor Lefebvre siempre
había mantenido.
2) Después,
Monseñor Fellay decide ignorar lo que el Capítulo General del 2006 claramente
había decidido.
3) La carta de los tres
Obispos de la Sociedad, Monseñores Williamson, Tissier de Mallerais y de
Galarreta.
4) Finalmente, Monseñor
Fellay se contradijo a sí mismo.
III.- El Primer Preámbulo
Doctrinal (DP1) de Roma, 14 de Septiembre 2011.
1.- La “Nota
Preliminar.”
2.- El Preámbulo Doctrinal (DP1) del 14
de Septiembre de 2011.
A. El Preámbulo Doctrinal
del 14 de Septiembre de 2011 en general.
B.- El Preámbulo Doctrinal
del 14 de Septiembre de 2011 en particular.
IV. La Doble Respuesta dela Sociedad (30 de
Noviembre 2011 y 12 de Enero)
1.
La
primer respuesta, fechada el 30 de Noviembre de 2011, con una propuesta para un
nuevo Preámbulo Doctrinal (DP2).
A. Nota Preliminar.
B.
El
Preámbulo Doctrinal 2 (DP2)
2. La segunda respuesta, fechada el 12 de Enero
2012 al Cardenal Levada (apéndice DP2, fechada el 30 de Noviembre 2011)
A. Sobre el tema del Preámbulo
en general.
B. Sobre el tema del Preámbulo
en particular.
a. Sobre el tema de “criterio
de interpretación”:
b. Sobre el tema de “progreso
de la Tradición”
c.
Sobre
el tema de una aplicación práctica.
Entremos
en materia.
1. ¿Por qué hablar de esto?
La reciente publicación del
Preámbulo Doctrinal (o Declaración Doctrinal) firmada por Monseñor Fellay y
presentada al Cardenal William Levada el 15 de Abril de 2012, continúa
provocando una gran controversia entre
los sacerdotes y fieles de la Sociedad San Pío X junto con el mundo Católico
Tradicional. Quienes han tomado la defensa de Monseñor Fellay han intentado
demostrar que este Preámbulo o Declaración es “ortodoxa” y ofrecen como prueba
el hecho de que Roma lo rechazó el 13 de junio de 2012. De cualquier manera,
ellos dicen que Monseñor Fellay la ha
“retirado” y por otra parte, que ha prometido no referirse a este documento
en futuras conversaciones con Roma, (Parte
III: Respuestas a las objeciones).
Pero otros afirman lo
contrario, diciendo que un estudio atento del documento mismo, revela que ha
habido un cambio serio en las posiciones doctrinales que el Arzobispo Lefebvre,
la Sociedad de San Pío X y, anteriormente, el mismo Monseñor Fellay, tuvieron
en relación al Concilio Vaticano II, la Nueva Misa y el nuevo Código de Derecho
Canónico.
Hay mucho en juego, porque
este documento doctrinal se supone va a delinear la posición doctrinal de la
Sociedad San Pío X frente a frente las
novedades conciliares, antes de avanzar
hacia un posible acuerdo práctico con la Iglesia oficial, similar a lo
prometido por Roma y deseado por Monseñor Fellay.
Es por esto que durante la
redacción de este documento, cada palabra debe ser cuidadosamente pesada
a fin de verificar si está conforme con la Teología Católica de todos los
tiempos. Además, este documento debe corresponder con la realidad de la crisis,
situación en la cual la Iglesia ha estado sufriendo durante los últimos
cincuenta años; y su posible solución.
Debemos tener en mente que
hansido 24 años desde que la Sociedad ha presentado a Roma un documento de tal
importancia, un documento en el fundamento doctrinal para una regularización
canónica. En efecto, desde el 5 de Mayo de 1988, fecha en la que
el Arzobispo Lefebvre firmó el Protocolo de acuerdo del Cardenal Ratzinger,
mismo que retractó al día siguiente, la Sociedad nunca había estado tan
cerca de entrar a un acuerdo doctrinal y práctico de consecuencias
incalculables, un acuerdo que decidiría su futuro, si continuar o no el trabajo de condenar los errores
modernistas, defendiendo la Tradición y la restauración de la Iglesia.
Sobre todo, los sacerdotes
(a quienes este estudio está destinado principalmente) no deben descuidar el
estudio de las preguntas doctrinales subyacentes a este documento, a través de
la pereza intelectual o bajo el pretexto de que es sólo el trabajo “pastoral” lo que cuenta.
Desafortunadamente, bien sabemos cómo después del Concilio estas mismas
actitudes negligentes condujeron a la mayoría del clero y obispos a aceptar los
errores conciliares, de una manera lenta pero segura. Por lo tanto, no debemos
repetir estas mismas acciones y errores.
Me gustaría invitar especialmente a mis
hermanos sacerdotes de la Sociedad San Pío X, quienes están ya sea
perplejos o desorientados, o incluso
presentan una disposición favorable hacia este documento, que miren este grave
problema, porque de esto depende si mantenemos o no los principios siempre
mantenidos por el Arzobispo Lefebvre, y hasta no hace mucho, por Monseñor
Fellay.
En estas circunstancias
particulares, si queremos ser fieles a nuestro trabajo sacerdotal y producir
fruto espiritual en las almas, debemos primero que nada defender la pureza
doctrinal. Pero la defensa de la
doctrina requiere la refutación de y el combate a los errores modernos que han
estado devastando la Iglesia por 50 años; hacerlo de otro modo sería cometer
pecado de omisión. Así que los puntos principales son: si la
continuación de nuestra pelea por la Tradición está comprometida por textos oficiales ambiguos firmados por
nuestros superiores, el bien común de la Sociedad se pondría en peligro por
traición a la verdad y un grave compromiso con las autoridades conciliares.
CONTINUA...
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