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miércoles, 8 de agosto de 2018

RESUMEN DE LOS ERRORES DEL CONCILIO VATICANO II


¿De qué "valores" se trata? Ya lo intuimos. Gaudium et Spes § 39 hace referencia a ellos, al paso que quiere hacemos creer, como ya sabemos 1, que los volveremos a hallar, "purificados", en el reino de DIOS (<<volveremos a encontrarlos limpios de toda mancha, iluminados y transfigurados»): la «dignidad humana, la unión fraterna y la libertad», que se subordinan a las exigencias del «progreso universal en la libertad humana y cristiana» (LG § 36 cit.). Pero procede observar al respecto: 1) No es de recibo que tales valores laicistas posean "una bondad extraordinaria". El ideal puramente laicista del progreso, que incluye la noción de una educación del género humano por obra de sola la razón, y exalta la felicidad y el bienestar terrenales, es antcristiano hasta la médula por lo que no puede ser bueno ni óptimo; tampoco pueden serlo la ''dignidad humana", la "fraternidad universal" o "la libertad", dado que todas tres integran, en resumidas cuentas, el famoso trilema de la Revolución Francesa, y constituyen, por ende, los "derechos humanos" concebidos bajo el influjo del deísmo y del racionalismo característicos de la filosofía masónico iluminista, que inspiró las célebres Cartas de Derechos, las de los llamados "Principios Inmortales".      
2) La afirmación según la cual tales valores son "buenos", pero "sufren con frecuencia desviaciones contrarias a su debida ordenación" es fruto de un error difundido entre los católicos liberales y sus herederos, los modernistas y neomodernistas, quienes afirman que dichos valores, como se dijo a propósito de la Revolución Francesa, «son el desarrollo de las ideas cristianas, que esperaban se las desarrollara, pero que no fueron reconocidas como tales en seguida, en el acto mismo del desarrollo» (Romano Ameno, lota Unum, Salamanca, 1996, párrafo 21).
En hecho de verdad, la libertad, la igualdad y la fraternidad laicistas son una distorsión de sus homónimas cristianas, porque provienen de una visión del mundo basada sólo en el hombre, concebido como un ser privado de la mancha de la culpa original, esto es, se basan en el hombre ensalzado y soberbio; de ahí que los valores de marras se contrapongan ex sese a sus homónimos cristianos, a los que niegan y atacan por todos los medios (por no mencionar el ideal del progreso, que de cristiano no tiene ni el nombre). En efecto:
a) La libertad del cristiano es interior viene de la fe en Cristo (in 8, 31-32), nada tiene que ver con la libertad, como autodeterminación absoluta del individuo en todas sus elecciones, en ausencia de toda ley de toda constricción (libertas a coactione), que constituye el fundamento de la democracia contemporánea y de los llamados "derechos humanos". Y a ésta precisamente, a la libertad-valor laicista, es a la que se refiere el concilio de continuo.
b) Que todos seamos hermanos (la fraternidad universal) se comprende harto bien desde el punto de vista cristiano, porque todos procedemos de nuestro Creador, Dios Padre dicha fraternidad presupone la fe en la Santísima Trinidad y se alimenta de amor al prójimo (amado, empero, por amor a Dios, no por su presunta dignidad humana" de ninguno de nosotros, visto que nacemos manchados por el pecado y que somos todos pecadores). De ahí que la fraternidad cristiana nada tenga que ver con la fraternidad de tipo político, fundada en la ideología igualitaria, que asola el mundo desde las Revoluciones Americana y francesa en adelante, y que constituye el fundamento también de la democracia contemporánea.
c) Con esto se ha dicho también todo lo que debía decirse del valor eminentemente político representado por la igualdad laicista, que nada tiene en común con la igualdad tal y como la entienden los cristianos, para quienes la igualdad es la de todos nosotros, pecadores, frente a Dios, y la de los cristianos mismos frente a las promesas de Ntro. Señor, gracias a las cuales fueron todos instituidos "coherederos" en potencia del reino (Ef 3, 6).
La libertad, la igualdad y la fraternidad son, en sentido cristiano, valores principalmente religiosos, fundados en la verdad revelada.
Los mismos valores, como los entiende el mundo, son principalmente políticos, fruto del deísmo y del racionalismo de la edad de las luces, de una visión del mundo conscientemente hostiles al cristianismo. Resulta por eso carece de sentido la afirmación del concilio de quererlos "purificar". ¿"Purificar" cómo? El concilio, para estar en armonía con la enseñanza de siempre, habría debido condenarlos y contraponerles la concepción auténticamente cristiana de los mismos. En realidad, no hubo "purificación" alguna: lo único que ocurrió, como hemos visto, fue el bastardeamiento de la doctrina de la Iglesia mediante su adaptación a estos valores del mundo; y ello sucedió gracias a la adopción de un concepto espurio del hombre, de su "dignidad", de su "vocación", sacado de una noción doctrinalmente desviada de la encarnación y de la redención.
2. Un concepto del hombre que, en lugar de ser "purificado" de su origen laicista, introduce "el humanismo" del pensamiento revolucionario en la doctrina de la Iglesia.
12.4 El aprecio injustificado que se hace de los "derechos humanos" y de las batallas que en pro de éstos se estaban librando ya en tiempos del concilio: «El hombre contemporáneo camina hoy hacia el desarrollo pleno de su personalidad y hacia el descubrimiento y la afirmación crecientes de sus derechos. [ ... ] La Iglesia, pues, en virtud del Evangelio que se le ha confiado, proclama los derechos del hombre [iura hominum] y reconoce y estima en mucho el dinamismo de la época actual, que está promoviendo por todas partes tales derechos. Debe lograrse, sin embargo, que este movimiento quede imbuido (imbuendus] del espíritu evangélico y garantizado frente a cualquier apariencia de falsa autoridad [por la ley divina]» (GS § 41) .
Sabemos que los denominados "derechos humanos" no son lo mismo que los "derechos naturales" admitidos por la santa Iglesia siempre y necesariamente. En efecto, estos últimos vienen de Dios; los primeros, en cambio, del hombre: se fundan en la idea (no cristiana) de la autosuficiencia y de la perfección intrínseca del hombre en cuanto hombre, previo al rechazo del dogma del pecado original.
«El género humano se gobierna por dos leyes: el derecho natural y la costumbre. Derecho natural es el que se contiene en las Escrituras Sagradas y en el Evangelio» (Decret. Grat.). El precepto fundamental de la ley o derecho natural es «haz el bien y evita el mal» (S. Th. 2, 2. q. 94, a. 2): un precepto ético de origen divino, comprendido y asumido a la perfección por la recta ratio, puesto como fundamento de la observancia del Decálogo y de todas las relaciones jurídicas naturales y positivas, hasta el punto de que cada uno de los derechos (iura) deben tener siempre por objeto «lo que es justo» (ius est objectum iustitiae, S. Th. 2° II-n":' q. 57, a.1): justo según el orden moral establecido por Dios por la lex eterna y divina- y confirmado por la revelación y la enseñanza de la Iglesia, no según las opiniones personales y los deseos de los hombres.
Los denominados "derechos humanos", en cambio, se afirman por parte del sujeto como aspiraciones universales a la adquisición y al gozo de todo lo que el sujeto (el Hombre) desea porque lo considera conforme a su dignidad de individuo (un individuo que se considera a sí mismo auto suficiente moral e intelectualmente, capaz de determinar por sí solo lo justo y lo bueno).
y entre estos "derechos" figura en primer lugar, como no podía ser menos, el derecho a la felicidad, sancionado en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América. Su reivindicación adopta a menudo, por la fuerza misma de las cosas, formas extremistas, facciosas, francamente violentas: expresan en realidad la voluntad de poder y el instinto de engaños individuales y colectivos, que caracterizan señaladamente el vivir incivico y corruptos de nuestro tiempo.
¿De qué manera el concilio "imbuyó" de espíritu evangélico el movimiento en pro de los derechos humanos? ¿Ratificando acaso las enseñanzas de la Iglesia sobre la ley y el derecho naturales? [Ni por semejanza se propuso, por el contrario, conferir a los denominados "derechos humanos" una plataforma ideológica católica constituida por la, doctrina falsa, ya citada, al decir de la cual la dignidad humana es altísima y sublime porque deriva, en primer lugar, de la unión de Cristo con todo hombre en virtud de la encarnación de Aquél, y, en segundo lugar, del hecho de que la redención se verificó para todos en el, pasado: «Pero sólo Dios, que creó al hombre a su imagen y lo redimía del pecado [atque a peccato redemit], es quien puede dar respuesta cabal a estos problemas [los planteados por el desarrollo de la personalidad " por la afirmación de los derechos humanos].


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