8.8 La exhortación a los teólogos católicos
a que, «al confrontar sus doctrinas»
(católicas) con las de los «hermanos separados, no
olviden que hay un orden o jerarquía de las verdades en la doctrina católica [veritatumdoctrinae],
por ser diversa su conexión con el fundamento de la fe cristiana» (UR § 11).
Esta exhortación contiene la idea errónea,
condenada expresamente por Pío XI en la Mortalium animos (año 1929, Denz.
2199; véase también Denz. 1683), de que existen unas verdades
reveladas, unos dogmas, que importa más aceptar que otros; constituye una sentencia
errónea porque la autoridad de Dios que se revela es la que nos mueve a aceptar
por igual, con el mismo grado de obligatoriedad, todas las verdades contenidas
en la revelación divina, dado que «repugna a la
razón que no se crea a Dios cuando habla, aunque sólo sea en un punto» (León
XIII, Satis Cognitum).
La exhortación lleva a la conclusión
absurda de que, en el "diálogo
ecuménico", se pueden discutir con los herejes las "verdades doctrinales" que ocupen una
posición menos importante en la presunta "jerarquía",
y desemboca además en el principio erróneo contenido en el final del art. 11 (principio
que examinaremos en el apartado siguiente).
8.9 El principio según el cual, "al confrontar" las doctrinas de
la Iglesia con las de los "hermanos separados", teniendo presente la
existencia de la (inexistente) "jerarquía" de las verdades doctrinales,
«se preparará el camino por donde todos se estimulen a proseguir
con esta fraterna emulación hacia un conocimiento más profundo y
una exposición más clara de las incalculables riquezas de Cristo
(efes. 3, 8)>> (UR § 11 cit.).
la Iglesia con las de los "hermanos separados", teniendo presente la
existencia de la (inexistente) "jerarquía" de las verdades doctrinales,
«se preparará el camino por donde todos se estimulen a proseguir
con esta fraterna emulación hacia un conocimiento más profundo y
una exposición más clara de las incalculables riquezas de Cristo
(efes. 3, 8)>> (UR § 11 cit.).
Principio inaudito, que bordea la herejía,
porque confía a la investigación teológica en común con los herejes la tarea de
alcanzar un "conocimiento más profundo"
y una "exposición más clara" de
las riquezas incalculables de Cristo; como si no le correspondiera al Magisterio
infalible transmitir con fidelidad la verdad revelada y defnirla con claridad y
como si la verdad católica y el error de los sectarios y cismáticos pudieran ir
del brazo y competir en "fraterna
emulación" para hacemos conocer mejor las riquezas incalculables de
nuesntro Señor (1). Nos testimonia san Pablo en El 3, 8 (citado con
alevosía por el concilio) que a él le «fue otorgada
la gracia de anunciar a los gentiles la insondable riqueza de Cristo», y
de anunciada con la predicación de la «sana
doctrina» (Il Tim 4, 2-3), no mediante el "diálogo" con los herejes y los
cismáticos, expresamente prohibido por él y por san Juan (y por todos los Papas).
8.10 El oscurecimiento, la diminutio, para
dar gusto a los protestantes, del dogma definido por el concilio de Trento, según el cual incumbe sólo a la santa Iglesia «juzgar del verdadero
sentido e interpretación de las Escrituras santas» (Denz. 786/1507). El oscurecimiento se da en la frase siguiente: «Según la fe
católica, el magisterio auténtico tiene un lugar especial [peculiarem
locum] con vistas a la exposición y predicación de la palabra de Dios escrita» (UR § 21).
¿Tan sólo corresponde un "lugar
especial" en la "exposición" y "predicación" de la "palabra de Dios escrita"? Le compete
mucho más que eso, visto que el magisterio goza de fundamento y asistencia sobrenaturales; es el único juez del "verdadero sentido e interpretación
de las Escrituras".
8.11 La afirmación desafiante según la cual
los protestantes «quieren seguir la palabra de Cristo lo mismo
que nosotros, como fuente de virtud cristiana, etc.» (UR § 23).
La afirmación es desafiante porque los
protestantes quieren seguir la "palabra de Cristo" no
como los católicos, es decir, no como la enseña la Iglesia católica, sino según el principio falso del "libre examen", que les permite «confesar
confiadamente lo que [les] parezca verdad» (confidenter confidenti quidquid verum videtur); o
dicho de otro modo, según un principio condenado formalmente como herético por León X en 1520, en la bula Exsurge Domine, que proscribió las herejías de Lutero (Denz. 769/1479).
9. La descripción errónea
y desafiante de las religiones acristianas.
9.1 La atribución falsa a todas las
religiones acristianas de una fe en el Dios creador, semejante a la nuestra: «La
criatura sin el Creador se esfuma. Por lo demás, cuantos creen en Dios, sea cual fuere su religión [cuiuscumque sint
religionis], escucharon siempre la manifestación de la voz de Dios en el lenguaje de la creación» (GS § 36).
9.2 La atribución paralela e inconcebible
de una patente de verdad y de santidad a todas las religiones acristianas, a pesar de carecer de la verdad revelada y de ser un parto de la mente humana, por lo que no pueden en cuanto tales, ni redimir ni salvar a nadie: «La Iglesia católica no rechaza nada de lo que en estas religiones hay de santo y
verdadero [vera et sancta]. Considera con
sincero respeto los modos de obrar y vivir, los preceptos y doctrinas, que, por más que discrepen en mucho de lo que ella profesa y enseña, no pocas veces refleja un destello de aquella Verdad que ilumina a todos los hombres» (NA § 2).
Adviértase la contradicción que anida en
esta frase de tenor abiertamente deísta: si esas religiones "discrepan
en mucho" de las enseñanza de la Iglesia católica, ¿cómo es que reflejan "no pocas veces" y, por ende, con bastante frecuencia, "un
destello de aquella Verdad que ilumina a todos los hombres"? Eso significa que, para el
concilio, la "Verdad que ilumina a todos los
hombres" puede reflejarse en doctrinas y preceptos que "discrepan en
mucho" de la enseñanza de la Iglesia (!). ¿Cómo pudo sugerir un concepto semejante un concilio ecuménico auténtico de la Iglesia católica?
9.3 La afirmación infundada según la cual
las religiones paga-
nas, pasadas y presentes, están incluidas de algún modo en la econo-
mía de la salvación (en contra de la tradición y de las Escrituras: Salmo 96 (Vulgata 95): «Pues todos los dioses de las gentes son demonios»; ICor 10,20).
mía de la salvación (en contra de la tradición y de las Escrituras: Salmo 96 (Vulgata 95): «Pues todos los dioses de las gentes son demonios»; ICor 10,20).
El art. 18 del decreto Ad Gentes, sobre
la actividad misionera, exhorta, en efecto, a los "institutos
religiosos" en los países de misión a que, además de esforzarse por adaptar las «riquezas místicas de que están totalmente llenos» al «carácter y la
idiosincrasia de cada pueblo», «consideren atentamente el modo de aplicar a la vida religiosa cristiana las tradiciones ascéticas y contemplativas cuya semilla [semina] había esparcido Dios con
frecuencia en las antiguas culturas [en general y, por consiguiente, también en sus religiones] antes de la proclamación del Evangelio». A las "antiguas culturas", cuyos dioses eran "demonios”, y cuyos
sacrificios se ofrecían «a los demonios y no a Dios» (I Cor 10, 20), el concilio, en cambio,
las revaloriza ahora indebidamente, pues pretende reconocer en ellas una presencia irregular de las semina Verbi, de las «semillas de la verdad revelada». Pero eso viola una verdad considerada siempre como perteneciente al depósito de la fe. El mismo concepto se repite en Lumen Gentium § 17 Y Ad Gentes § 11, pero aplicado a todos los pueblos acristianos contemporáneos, los paganos incluidos: los misioneros deben descubrir, «con gozo y respeto,
las semillas de la Palabra que en ellas se contienen»; "en ellas", es decir, en
las «tradiciones nacionales y religiosas» de los países de misión cuya evangelización se les confía.
9.4 La descripción falsa del hinduismo,
porque se escribe que en él que «los hombres investigan el misterio divino
y lo expresan mediante la inagotable fecundidad de los mitos y con los penetrantes esfuerzos de la filosofía, y buscan la liberación de las angustias de nuestra condición, ya sea mediante las modalidades de la vida ascética, ya sea a través de profunda meditación, ya sea buscando refugio en Dios con amor y confianza» (NA § 2 cit.).
Descripción falsa, porque induce al
católico a considerar válida la mitología y la filosofía hindúes, como si ellas "investigaran"
efectivamente "el misterio divino", y
como si la ascética y la meditación hindúes realizaran algo semejante a la ascética cristiana. Sabemos, por el contrario, que la mezcla de mitología, magia y especulación que caracteriza a la espiritualidad india desde la época de los Vedas (siglos XVI-X a.Ci) es responsable de una concepción de la divinidad y del mundo completamente monista y panteísta, porque, al concebir a Dios como una fuerza cósmica impersonal, ignora el concepto de creación y, en consecuencia, no distingue entre realidad sensible y realidad sobrenatural, realidad material y realidad espiritual, entre el todo y los seres particulares, resolviendo toda existencia individual en la indistinción del Uno cósmico, del que todo emana Y al que todo retorna sin cesar, mientras que el yo individual sería pura apariencia en sí mismo. A esta filosofía, que el texto conciliar califica de "penetrante", le falta por fuerza el concepto de alma individual (harto
conocido de los griegos, en cambio) y de lo que llamamos voluntad y libre arbitrio.
A esto se añade luego la doctrina de la
reencarnación, concepción particularmente perversa (condenada explícitamente en el esquema de constitución dogmática De deposito fidei pure custodiendo, aparejado en la fase preparatoria del concilio, pero al que Juan XXIII y los progresistas hicieron naufragar por su carácter poco "ecuménico") y, el hecho de que la denominada "ascesis" hindú no es
más que una forma de epicureísmo para los brahmines, una búsqueda refinada y egoísta de una superior indiferencia espiritual para con todo deseo, aunque sea bueno, y para con toda responsabilidad; indiferencia que se justifica considerando que todo sufrimiento es expiación de culpas contraídas en una vida anterior, etc., etc. ¿Qué pueden aprender los católicos de bueno de tamaña concepción del mundo? Nos gustaría mucho saberlo.
más que una forma de epicureísmo para los brahmines, una búsqueda refinada y egoísta de una superior indiferencia espiritual para con todo deseo, aunque sea bueno, y para con toda responsabilidad; indiferencia que se justifica considerando que todo sufrimiento es expiación de culpas contraídas en una vida anterior, etc., etc. ¿Qué pueden aprender los católicos de bueno de tamaña concepción del mundo? Nos gustaría mucho saberlo.
9.5 La descripción falsa del budismo,
variante autónoma del hinduismo, más pura en parte.
En efecto, escribe el concilio que «en el budismo, según sus varias formas, se reconoce la insuficiencia radical de este mundo mudable y se enseña el camino por el que los hombres, con un espíritu devoto y confiado, pueden adquirir, ya sea el estado de perfecta liberación, ya sea la suprema iluminación, por sus propios esfuerzos o apoyados en un auxilio superior» (NA § 2 cit.).
Se delinea aquí la imagen de un budismo a
la de Lubac, revisado y corregido para que pueda gozar del aprecio de los católicos ignaros, quienes no saben que "la insuficiencia radical
de este mundo" la en cuadran los budistas en una auténtica "metafísica
de la nada", según la cual el mundo y el yo son existencias ilusorias y aparentes (y no meramente caducas y transeúntes, pero harto reales, como para el cristiano). Para el budista, todo "se compone
y se descompone" al mismo tiempo, la vida es un flujo continuo atravesado de parte a parte por el dolor universal, para cuya superación es menester convencerse de que todo es vano, liberarse de todo deseo y entregarse a una iniciación intelectual, una gnosis semejante a la de los hindúes (hasta el punto de permitirse el uso de la denominada "magia
sexual" en el budismo tántrico), que hace conseguir la indiferencia completa a todo, el nirvana ("desaparición",
"extinción"): una condición final de privación absoluta, en la cual no hay otra cosa sino la nada, el vacío, en el cual el yo se extingue totalmente para disolverse de manera anónima en el Todo y en el Uno (como se prefiera). ¡Este es el "estado de perfecta liberación" o de "suprema
iluminación" que el Vaticano II osó proponer a la atención y al respeto de los católicos!
9.6 El aserto según el cual «el designio de salvación [propositum salutis] abarca también a aquellos que reconocen al Creador, entre los cuales están en primer lugar [inprimis] los musulmanes, que confesando profesar la fe de Abraham, adoran con nosotros a un solo Dios, misericordioso, que ha de juzgar a los hombres en el último día [qui fidem Abrahae se tenere profitentes, nobiscum
Deum adorantunicum, etc.]» (LG § 16).
Esta afirmación atribuye erróneamente a los
musulmanes la adoración del mismo Dios que nosotros y los incluye en cuanto tales en la economía de la salvación; se trata de una afirmación contraria al dogma de la fe, puesto que no puede incluirse en el plan de la salvación a quien no adora al Dios verdadero. Y los musulmanes no adoran al Dios verdadero, visto que, aunque le reconocen a Dios (Allah: "el Dios") la creación del "mundo"
y del "hombre" de la nada y los atributos tradicionales de la omnipotencia, la omnisciencia y el de ser juez del género humano al fin de los tiempos,
con todo, ni lo conciben como Dios Padre, que creó en su bondad al hombre a su "imagen
y semejanza" (Gen 1, 36; Deut 32, 6; etc.), ni creen en
la Santísima Trinidad, a la que aborrecen repitiendo el error de los judíos, y por eso niegan la gracia, la divinidad de Nuestro Señor, la encarnación, la redención, la muerte en la cruz, la resurrección: rechazan todos nuestros dogmas, y se niegan a leer el Antiguo y Nuevo Testamentos porque los consideran libros falsificados, al no haber en ellos, como es obvio, mención alguna de Mahoma.
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