Carta
Pastoral Nº 32
EL
SACERDOTE Y NUESTRO SEÑOR JESUCRISTO
EN EL
DECRETO CONCILIAR
“PRESBYTERORUM
ORDINIS”
Si hay una nota constante,
un pensamiento que sintetiza el Decreto conciliar sobre los sacerdotes, es el
del vínculo entre el sacerdote y Nuestro Señor:
“Los sacerdotes, por la
unción del Espíritu Santo, están marcados con un carácter especial que los une
a Cristo Sacerdote de manera tal que obran verdaderamente en la persona misma
de Cristo Jefe”.
Hay que subrayar que el
Decreto insiste más que en lo precedente sobre la misión del sacerdote, que es
por excelencia el enviado a continuación del apóstol. Así, el ministerio de la
palabra, de la predicación, se remarca más. Pero, sin embargo, ese ministerio
no es un fin en sí mismo, sino que prepara o conduce a otro ministerio más
esencial, que es el fin particular del sacerdocio.
Dicho fin está
admirablemente expresado en los términos siguientes:
“Por el ministerio de
los sacerdotes el sacrificio espiritual de los fieles es inmolado en unión con
el Sacrificio de Jesucristo único Mediador, que por sus manos, en nombre de
toda la Iglesia, es ofrecido sacramentalmente y de una manera incruenta en la
Eucaristía, hasta que venga el Señor. A eso tiende y en eso se perfecciona el
ministerio de los sacerdotes” (nº 2).
Este acto del Sacrificio
eucarístico, así como toda la vida del sacerdote y todo su ministerio, tienen
por fin último la gloria de Dios: “Finis igitur quem ministerio atque vita
persequuntur Presbyteri es gloria Dei Patris in Christo procurando” (nº 2). Estas importantes
afirmaciones ayudan al sacerdote a tomar más conciencia del sentido profundo de
su vocación. Le muestran la orientación final de su vida, tanto interior como
exterior. Le hacen entender mejor las consecuencias que derivarán, tanto de su
vida privada, como de su vida apostólica. A imitación de Nuestro
Señor, el sacerdote vive en medio de los hombres siendo el testigo de otra vida
que no es la de aquí abajo.
Propagador de la Buena Nueva
por todas las iniciativas de su celo, tendrá siempre en vista el llevar a los
hombres a participar de la Eucaristía. Aquí, de nuevo, el Decreto trae una
afirmación lapidaria: “Est ergo Eucharistia Synaxis centrum Congregationis
fidelium cui Presbyter præest”. Llevar las almas a Jesucristo, hacerlas
participar de su sacrificio y así conducirlas al espíritu de oración “ad
spiritum orationis semper perfectiorem per totam vitam exercendum”. ¡Qué
magnífico programa!
Más aún, el Decreto insiste
nuevamente sobre el cuidado que se debe prodigar a la Iglesia: “Domus
orationis in qua Sanctissima Eucharistia celebratur et servatur”, a fin de
que los fieles encuentren en ella ayuda y consolación.
También en la celebración de
la Eucaristía el sacerdote encontrará la unión con su Obispo, se expresará más
concretamente en la celebración con el Obispo, en algunas ocasiones.
Esta insistencia del
Concilio sobre el sacerdote y el Sacrificio eucarístico, centro de su
sacerdocio, es reconfortante. Cualquiera que fuese el éxito o el fracaso de su
apostolado, sabe que por el Santo Sacrificio eucarístico cumple el acto
esencial de su sacerdocio, por el cual las bendiciones de Dios descienden sobre
el mundo y en particular sobre quienes lo rodean. Los pecados son perdonados,
según las disposiciones y las gracias recibidas, la alabanza y la acción de
gracias son dirigidas hacia Dios.
Ojalá podamos convencernos
de esta salutífera doctrina, a fin de fortalecer nuestro ánimo y unirnos cada
vez más a Jesús Sacramentado.
Mons.
Marcel Lefebvre
(“Avisos
del mes”, marzo-abril de 1966)
No hay comentarios:
Publicar un comentario