II. (continuación)
EN JULIO DE 1926
LOS ATENTADOS contra la libertad de enseñanza se sucedieron en toda la
República. En Morelia clausuraron intempestivamente el Colegio Teresiano y
arrojaron a la calle a cuatrocientas niñas y a sus maestras; en Querétaro el
pueblo manifestó su protesta por el cierre de los colegios particulares y la
policía cargando sobre la población inerme mató a dos manifestantes e hirió a
otros muchos; en la misma ciudad de México cerraron numerosos planteles
educativos y confiscaron sus edificios; oficialmente se anunció que los
estudios hechos en colegios particulares no serían reconocidos, por lo que sus
alumnos tendrían que sustentar exámenes a título de suficiencia ante sinodales
que el Gobierno nombrara, y se habló de que las pruebas serían especialmente
rigurosas en puntos de historia, anatomía, higiene, etc., en que necesariamente
surge el conflicto entre las enseñanzas tendenciosas y corruptoras de una mafia
disolvente y los principios sanos que los padres de familia y los profesores
deben impartir.
Un grupo de
estudiantes decidimos asociar a los alumnos de las escuelas particulares para
defender nuestros intereses, e invitamos a elementos representativos de los
colegios a una junta. Poco a poco nos fuimos reuniendo. Se premiaban con
ruidosas manifestaciones las anécdotas y chascarrillos que profusamente circulaban
y con los que el ingenio popular flagelaba a sus opresores. Rafael contó que el águila de Catedral, con su
cabeza levantada y sus alas abiertas, preguntaba al águila del escudo del Palacio
Nacional: "¿Por qué tan de pico bajo, estando en rica mansión?" y
ésta, compungida, contestaba: "Porque ya me lleva el ajo, con este turco
ladrón". (Alusión a Plutarco Elías Calles)
El representante
del Colegio San Borja, comentando la orden de suprimir los nombres de santos a
las escuelas, proponía que la suya se llamara Borjasan. Otro dijo: -¿Saben lo que quiere decir CROM?
Pues esto: ¡Cómo Roba Oro Morones! ¿Y al revés? ¡Más Oro Roba Calles! Pablo nos mostró un
periódico diciéndonos: -Oigan el telegrama que los alijadores de Veracruz
enviaron a Calles y éste, halagado, dio a los diarios para su publicación: Su
ascenso a excomulgado papal nos regocija y nos obliga a felicitarlo. La
excomunión la consideramos como un paparrucheo pontifical para disfrazar una
derrota y significa la condecoración de más cuantiosa valía que haya usted
recibido como premio a su indiscutible labor revolucionaria.
¡Qué bárbaros!
-comentaron todos, mofándose de tan grotesco mensaje. Cuando los convocados
estábamos ya en suficiente número, Raúl inició la sesión y explicó el motivo de
la misma. Describió el cuadro general de los hechos que conmovían al país.
Calles había desatado la persecución religiosa aplicando las numerosas prescripciones
que la constitución revolucionaria de 1917 contiene, imponiendo multas,
encarcelando y desterrando obispos y sacerdotes, cerrando escuelas e
instituciones de beneficencia, y creando con ayuda de Morones y sus
bolcheviques la grotesca farsa de la Iglesia Católica Mexicana, a la que
entregó el Templo de la Soledad y posteriormente el de Corpus Christi.
-En los Estados
secundan al Jefe Máximo -prosiguió Raúl- expidiendo leyes como la que en Tabasco
establece que para ejercer su ministerio los sacerdotes del culto católico
deben ser casados; en Veracruz limitaron el número de ministros de los cultos a
uno por cada cien mil habitantes, y en Chiapas se llegó a la Ley de Prevención
Social, que en su capítulo II, al referirse a las "Prevenciones contra
locos, degenerados, toxicómanos, ebrios y vagos", dice: Podrán ser
considerados como malvivientes y sometidos a medidas de seguridad, tales como
reclusión en sanatorios, prisiones, trabajos forzados, etc., los mendigos
profesionales, las prostitutas, los sacerdotes de cualquier denominación
religiosa que ejerzan sin autorización legal, las personas que celebren actos
religiosos en lugares públicos o enseñen dogmas religiosos a la niñez, los
homosexuales, los fabricantes y expendedores de fetiches y estampas religiosos,
así como los expendedores de libros, folletos o cualquier impreso por los que
se pretenda inculcar prejuicios religiosos.
En Yucatán se
decretó que el agua de las pilas bautismales debería correr, y se prohibieron
las pilas de agua bendita; para el Distrito Federal y Territorios, Calles
decretó una brutal ampliación al Código Penal, de abierto espíritu
antirreligioso, estableciendo muy severas penas. Raúl leyó algunos artículos de
esta ley publicada en los diarios: "Ningún sacerdote extranjero podrá
ejercer su ministerio so pena de cárcel, multa o expulsión inmediata del
país". Otro artículo establece la "pena de seis años de prisión para
el individuo que en ejercicio del ministerio incite a la desobediencia de las
leyes, de las autoridades o de sus mandatos, y de un año para los que en
cualquier caso hagan crítica de las mismas leyes, autoridades o mandatos, y en
general del gobierno". Se suprime la libertad de imprenta al proclamar que
"las publicaciones periodísticas de tendencias marcadas en favor de determinadas
creencias religiosas no podrán comentar asuntos políticos nacionales, ni
informar sobre actos de las autoridades, que se relacionen directamente con el
funcionamiento de las instituciones públicas".
La libertad de
asociación termina con otro artículo que decreta "prohibida estrictamente
la formación de toda clase de agrupaciones políticas cuyo título tenga alguna
palabra o indicación cualquiera que las relacione con alguna confesión
religiosa", y por si esto les pareciera poco -agregó Raúl-, se ordena que
fuera de los templos no podrá ninguno de los individuos de uno u otro sexo que
profesen algún culto usar medallas, cruces o cualquier distintivo que los
caractericen, bajo pena gubernativa de quinientos pesos, o arresto de quince
días, y en caso de reincidencia arresto mayor y multa de segunda clase. -Las
salidas están cerradas -terció Pablo-: la ley está hecha de tal forma que de
hacerse cumplir terminaría necesariamente con toda idea o conocimiento religioso,
pues reforzando los preceptos confiscatorios de la Constitución, que declara
propiedad de la Nación los templos, casas curales o parroquiales, asilos o
conventos, la ley Calles decreta que "cualquier edificio en que se haga
propaganda o enseñe un culto religioso pasará desde luego, de pleno derecho, al
dominio directo de la Nación, para destinarse exclusivamente al servicio de la
misma".
La ley Calles
asegura su aplicación, haciendo responsables a las autoridades municipales que
al tener conocimiento de infracciones a cualquiera de los artículos citados, no
procedan inmediatamente a hacer la consignación respectiva, considerándolas
como cómplices o encubridoras y les impone penas que llegan hasta la
destitución e inhabilitación para desempeñar cargos o empleos públicos por
cinco años, además de multa y prisión.
-Estas leyes
-exclamó el Pichón- no pueden ser toleradas por quien se precie de hombre, ni
mucho menos si éste es mexicano y católico, y por descontado se da que la
Iglesia tampoco podrá en conciencia aceptarlas.
-Por eso se le
acusa de desobediencia -dijo en tono medroso uno de los delegados-: ése es el
cargo primordial que le hace el gobierno y que usa como estribillo el
representante de Calles ante los yanquis.
-¡No seas estúpido,
Chocolate! -replicó otro-: si de eso se la acusa, en buena hora. Los callistas
están como aquel que decía a un condenado que llevaban a ahorcar: No te
aflijas, hombre, si sólo te pondrán un cordón al cuello y luego tirarán de él.
-¡Pero, señor, si eso es ahorcar! -replicó el pobre reo. Eso mismo tenemos que
contestar a los que "sólo piden la obediencia a las leyes": ¡Pero si
eso es ahorcar, Plutarco!
-Muy bien dicho
-comentó Raúl-: no es el caso de pacificar al asesino dejándose matar. Por el
contrario, debemos resistirle y hacerle ver nuestros derechos y las limitaciones
que los suyos tienen. Para esto se ha fundado la Liga Defensora de la Libertad
Religiosa, con la que todos debemos cooperar; pero, además, nosotros debemos
actuar como estudiantes, ya que como tales tenemos intereses y derechos muy
particulares que defender. El ataque principal viene contra la escuela y somos
nosotros los llamados a responder. Se impone urgentemente aprestar una fuerza
capaz de impedir la corrupción del elemento estudiantil, que el gobierno trata
de emplear como formidable factor de agitación social bolchevizante. Esta
fuerza no conviene que sea extraña, porque desvirtuaría lo que debe ser el
nervio de esta acción defensiva y protectora: el ejercicio de nuestros propios
derechos y responsabilidades. Un cerrado aplauso rubricó estas palabras y sólo
Pancho bromeando dijo: -Hay momentos en
la vida de los pueblos en que como dice el camarada que me precedió en el abuso
de la palabra... -¡Cállate! -le gritaron varios, que tirándole de la silla cortaron
su perorata, enderezada como crítica a la verborrea de mitin burocrático muy en
boga en esos días.
Otro de los
organizadores pasó a exponer lo hecho hasta entonces. Contábamos con la anuencia
de la mayor parte de los directores de colegios particulares, y con el apoyo
moral del anciano Arzobispo Mora y del Río, quien con frases de aliento nos
daba su bendición. Ya también en la Universidad se estaban organizando los
ex-alumnos de nuestras escuelas. Así nació la Confederación de Estudiantes
Católicos de México, creada para luchar por la libertad de enseñanza, defender
nuestros derechos de conciencia, procurar la sólida formación cristiana y velar
por los intereses profesionales del gremio estudiantil. Simultáneamente
inscribíamos a sus miembros en los cuadros de acción de la Liga Defensora de la
Libertad Religiosa. U nos como conferenciantes, para que preparados en círculos
de estudios sustenten pláticas instructivas y de aliento; otros como Jefes de
Manzana, con obligación de organizar a los moradores de una manzana,
transmitirles órdenes y cobrar cuotas. En un tercer grupo se inscribieron los
dispuestos a distribuir en las calles, o donde se les indique, la propaganda
impresa de la Liga.
III
EL DANIEL O'CONNELL
encontrábase en ebullición. Las noticias se sucedían y cada uno que llegaba o
salía era portador de una nueva, o llevaba una orden para cumplimentar. El
Episcopado anunció su resolución de suspender el culto en las iglesias de la
República antes que entrara en vigor la Ley Calles, por la imposibilidad de
seguir ejerciendo el ministerio conforme a los cánones. Los propagandistas de
la Confederación de Estudiantes distribuimos ampliamente la carta pastoral en
que se comunicaba al pueblo tan grave determinación. Trabajaremos -decían los obispos en la pastoral- para que dicho Decreto
y los artículos antirreligiosos de la Constitución sean reformados, y no
cejaremos hasta verlo conseguido. Esta conducta no es rebeldía, porque la misma
constitución abre el camino para sus reformas; y porque es justo acatamiento a
mandatos superiores a toda ley humana y una justa defensa de legítimos
derechos. En la imposibilidad de continuar ejerciendo el Ministerio Sagrado
según las condiciones impuestas por el Decreto citado, después de haber
consultado a nuestro Santísimo Padre, Su Santidad Pío XI, y obtenida su
aprobación, ordenamos que, desde el día 31 de julio de 1926, hasta que
dispongamos otra cosa, se suspenda en todos los templos de la República el culto
que exija la intervención del sacerdote. No se cerrarán los templos, para que
los fieles prosigan haciendo oración. Los sacerdotes encargados de ellos se
retirarán de los mismos para eximirse de las penas que les imponga el Decreto
del Ejecutivo, quedando por lo mismo exentos de dar el aviso que exige la ley.
Esta determinación conmovió
profundamente al pueblo mexicano, que a partir de ese momento llenó las
iglesias noche y día en solicitud de los Sacramentos. Los matrimonios se
efectuaban colectivamente por cientos, y en Catedral la multitud que acudía a
recibir la confirmación no precedente. Era notorio que aun personas que por
muchos años habían permanecido alejadas de las prácticas religiosas acudían a
confesarse, y la adoración del Santísimo Sacramento, expuesto en todos los
templos, se veía tan concurrida como en los más solemnes días de la Iglesia.
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