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miércoles, 4 de noviembre de 2015

Fiesta de Cristo Rey - Sermón del R.P Altamira.




F I E S T A     D E     C R I S T O     R E Y (Bogotá, año 2015) 

Introducción

Queridos hijos:

Estamos  en  la  Fiesta  de  Cristo  Rey,  gran  fiesta  católica,   fiesta  contra  el  Modernismo  reinante  de  hoy  y  contra  la  falsa  Religión  del  Vaticano II y la falsa Iglesia. Muchos años y muchas veces les he predicado sobre todo lo que implica la Fiesta de Cristo Rey. Su aspecto más esencial, y hasta de  sentido común, es que  Cristo, siendo –como es-  Dios, debe reinar e imperar en todos los ámbitos de todo ser humano, no sólo en los  ámbitos privados, sino principalmente en los ámbitos públicos de los Estados y así: Los países debe ser oficialmente súbditos de Dios Nuestro Señor Jesucristo  y sometidos a Él  (¿todos, hasta los países musulmanes?,  ¡todos, hasta los países musulmanes!). Todos los países deberían tener el Catolicismo como única  y oficial religión del Estado por ser la  única religión verdadera  y por ser la única religión de Dios. Todas las leyes, educación  e instituciones del Estado se deberían regir por  Dios Nuestro Señor y su Religión. Hoy en día ya no se tolera a Cristo, o cuanto mucho sólo  se le tolera en el ámbito privado del individuo  o como máximo en una familia, pero en el ámbito público de las naciones, ¡jamás! Y así tenemos: Democracia moderna rousseauniana (anticatólica) –hoy es día de elecciones aquí y en mi país ¡y en mi país para elegir presidente!-;  soberanía  popular (contra la verdad y la realidad de que el poder viene de Dios, no del pueblo); ley es cualquier cosa que se haya votado en el Congreso;  libertad de las falsas religiones; libertad de prensa: puedo escribir y publicar lo que tenga ganas. Libertad  de  enseñanza:  puedo  enseñar  lo  que  tenga  yo  ganas:  Dios  no  existe;  tenemos  todos  el  mismo  Dios,  todas  las  religiones  dan  lo  mismo; la Iglesia Católica es lo peor; España fue lo peor aquí en América: esto es falso, falsísimo, un católico bien nacido defiende a muerte  la obra de España en América; venimos de la evolución y del mono; Dios es una energía, el Big Bang; el aborto está muy bien; la unión libre está  muy  bien; el divorcio;  la  homosexualidad  es algo bueno: una opción más;  la  adopción de niños por homosexuales: todo bien y muy  “sano”;  educación sexual desde el jardín de infantes: corrupción sexual en realidad; fomentar la anticoncepción o  la planificación  contra el  fin principal del matrimonio que es la procreación y su fruto práctico hermoso que es la familia numerosa, como éramos antes los católicos  y como hoy debemos volver a ser; etc., etc. Aun así, este año decidimos predicarles  sobre asuntos que atañen más al ámbito privado de las personas,  sobre cosas que tienen que  ver con la Caridad (habíamos anunciado esto la semana pasada). Son cosas que hacen a la relación con el prójimo en general, pero también pensamos (y mucho) en las peleas que se dan dentro de las  familias, lo cual nos parece lo más grave  y lo más  triste  en estos temas.  Y así tenemos que Cristo “no reina” en muchas familias  porque  allí no reina el Catolicismo, y en especial –por el tema de hoy- porque allí no reina la Caridad: Como reza aquella canción, “ubi caritas et amor, ibi Deus est”, “donde hay caridad y amor, allí está Dios”.

(Cuerpo)

Habíamos dicho que queríamos continuar con el desarrollo de tres puntos: Los signos de afecto o amistad hacia los enemigos. Cómo es  el tema de procurar la reconciliación con los enemigos. Y el perdón de las injurias. Y para todos estos temas, recordemos a qué nos referimos con la palabra “enemigo”: La palabra “enemigo” está tomada aquí en sentido amplio, y así abarca: Todos aquéllos que nos hicieron (agregamos: o nos pueden hacer) algún mal,  algún daño, una verdadera injuria, maledicencias; o todos aquéllos que nos caen mal; o –ya en el extremo- aquéllos que nos odian. Veamos el primero de los “temas especiales”: Los signos de afecto o amistad hacia los enemigos. El precepto de Cristo de amar a los enemigos obliga a otorgarles  ordinariamente (i.e. generalmente)  los signos  comunes  de amistad y  afecto, y en algunas circunstancias incluso los signos especiales de amistad y afecto.
(a) Signos comunes de amistad y afecto son los que se ofrecen de ordinario a cualquier persona, por ejemplo entre vecinos, conocidos y personas de  buena educación (el saludo, responder a sus preguntas, decir “buen día”, etc); son los signos que se deben a cualquier persona.
(b) Signos especiales de amistad y afecto son los que no suelen ofrecerse a todos, sino únicamente a las personas más cercanas, a los familiares, a los amigos (conversar familiarmente, visitarles, reunirse o invitarlos a la casa de uno, etc).

¿Cómo se aplican estas cosas?

(a) Las señales o signos comunes “ordinariamente” no se le pueden negar al enemigo porque ello equivaldría a manifestarle enemistad, odio, rechazo,
desprecio, por ejemplo: no contestando al saludo o negándose a responder cuando él pregunta, darle la espalda, etc.
(a. bis) En cuanto al saludo debemos aclarar que no es necesario adelantarse al saludo, a no ser que esto fuese necesario o conveniente por la dignidad de la persona enemiga, por la costumbre o por el conjunto de circunstancias.
(b) Las señales o signos especiales que se reservan únicamente para los familiares y amigos no es necesario ofrecérselas a los enemigos, porque no es  obligatorio ofrecérselas a todo el mundo,  y porque no puede pretender el enemigo ser de mejor condición que los demás. Sin embargo, en  algunas  circunstancias, v.gr. cuando el enemigo se encuentra en  una  necesidad tal que no puede salir de ella sino por nuestro  auxilio o ayuda, estaríamos  obligados a atenderle en esa forma especial  o “con signos  especiales”, porque en esos casos es obligación ofrecer nuestra ayuda a cualquier prójimo en necesidad, sea amigo o enemigo.
(c)  En la práctica  sería suficiente tratar al enemigo como trataríamos a cualquier persona desconocida, con signos comunes o especiales  de amistad  según exija el caso o las circunstancias.

Ejemplos prácticos:

1) No peca el padre que, sin odio interior, y sólo como justo castigo y para enmienda de su hijo gravemente culpable, no le mira ni le habla por algún tiempo buscando la enmienda y educación de su hijo. Pero no debe prolongar su castigo si el hijo se humilla y pide perdón.
2)  Pecan  dos alumnos de un mismo colegio, dos religiosos de una  misma comunidad, etc, que rehúyan hablarse o saludarse, porque esto apenas  puede hacerse sin algún mal sentimiento interior y sin escándalo de los demás.
3) Es pecado excluir al enemigo de las oraciones comunes o de las limosnas, de la venta de productos, no responder el saludo, etc.Segundo caso “especial”: Cómo es el tema del perdón o la reconciliación con los enemigos. Hay que distinguir entre el perdón o la reconciliación interior y la reconciliación exterior.
(a)  La  puramente  interior  ha  de  producirse  inmediatamente  de  recibir  la  ofensa,  ya  que  no  es  lícito  mantener  en  el  alma  un  solo  instante  malos  sentimientos consentidos, odio o rencor hacia el enemigo, o hacia persona que nos ha ofendido o que nos ha hecho algún daño.
(a bis) ¿Qué pasa si, a pesar de la disposición interior de perdonar, seguimos teniendo interiormente malos sentimientos hacia los enemigos o hacia  las  personas que nos han ofendido o  que nos han  hecho algún daño?  Allí simplemente hay que aplicar las enseñanzas generales contra cualquier  tentación o mal impulso que uno sienta en su interior: Si esas cosas interiores no se van, simplemente no hay que consentirlas, no hay que aceptarlas, y no hay que obrar voluntariamente detrás de los malos sentimientos.
(b) La reconciliación exterior no siempre se puede realizar, ya que a veces sería  inconveniente o contraproducente o  empeoraría la situación. Cuando  ésta  reconciliación exterior pueda  realizarse, debemos hacerla;  aunque  es cierto muchas veces  no se  pueda volver  exactamente  a la misma  buena  relación que había antes del problema ocurrido.
(c)  Estamos mucho más obligados a estas cosas con respecto a los prójimos más cercanos, en especial frente a problemas que se dan  dentro de las  familias (ya que son el prójimo más cercano de todos).

En cuanto al orden con que debe hacerse la reconciliación o el pedido de perdón:

(a) Por lo regular deberá tomar la iniciativa el ofensor, i.e. la persona que ofendió.

(b) Y si, como ocurre casi siempre, se ofendieron mutuamente, generalmente deberá iniciar la reconciliación el que ofendió primero, o el que ofendió  más gravemente, o la persona de menor dignidad.

(c)La persona ofendida no tiene obligación de tomar la iniciativa de la reconciliación si ella no ofendió en modo alguno       al  otro  (aunque es muy fácil  creerse  falsamente  en  esa  situación);  pero  ha  de  dar  a  entender  que,  por  su  parte,  no  tendrá  inconveniente  en  reconciliarse.  E  incluso  tendría  obligación de tomar por caridad la iniciativa de la reconciliación si esta iniciativa fuera necesaria o conveniente para conseguir así un bien muy grande.
En cuanto al modo de pedir perdón o disculpas:
(a) No siempre se requiere pedir expresamente perdón (aunque sería lo mejor y más perfecto si las circunstancias lo aconsejaran).
(b) En algunos casos puede bastar con buscar la manera de restablecer en un cierto grado la caridad, aunque a veces la antigua armonía y
amistad  ya  no  se  pueda  recuperar.  Ejemplos  de  acciones  en  este  sentido:  conversar  amablemente  con  esa  persona;  hacerle  algún  favor;  invitarla  a  algún  programa;  valerse, como intermediario, de un amigo de ambos  para hacer saber de las disculpas o arrepentimiento; tener algún gesto de delicadeza  con esa persona; hacerle algún obsequio; etc.
(c) Podemos decir que todas estas cosas o intentos de reconciliación, con mucha mayor razón deben tratar de ser hecho s cuando se trata de peleas  dentro de una familia.
(d) Intentada infructuosamente la reconciliación, el que ofendió no tiene obligación de reiterar continuamente su petición de perdón. Basta con que  haga saber al ofendido que, por su parte, es consciente de su falta (o mal obrar), que  quedan ofrecidas las disculpas, y que está dispuesto a intentar  restablecer la antigua relación o amistad en el grado en que esto se pudiera hacer.
(e) El ofendido está obligado siempre a perdonar al ofensor que le pide perdón en forma directa o indirecta. Si se niega a hacerlo, comete un pecado  contra la caridad. Si la muerte le sorprende en ese estado, su suerte puede llegar a ser deplorable: “Perdónanos nuestras deudas así como nosotros  perdonamos a nuestros deudores”, decimos en el Padrenuestro; y  Cristo recalcó expresamente  que,  si no  perdonamos  al  prójimo, tampoco  nos  perdonará a nosotros nuestro Padre celestial (Mateo 6,15).


Tercer caso “especial”: El perdón de las injurias.

Uno de los consejos más inculcados en el Evangelio es el perdón generoso y total de las injurias. “Si alguno te abofetea en la mejilla derecha, dale también la otra; y al que quiera litigar contigo para  quitarte la túnica,  déjale también el manto” (Mateo 5,39-40). El mismo Cristo nos dejó ejemplo sublime al perdonar y excusar a sus verdugos  desde lo alto de la Cruz: “Padre, perdónalos porque  no saben lo que hacen” (Lucas 23,24). Pero esta excelente obra de caridad  si bien  obligatoria (al menos  en la disposición interior del ánimo,  y por  ello  en nuestro interior debemos deponer el rencor,  el odio,  el  espíritu de venganza,  los  malos deseos,  etc),  no siempre  obliga a  renunciar a toda clase
de  reparación  externa  por  la  ofensa  recibida.  Sobre  esto  último,  escuchemos  al  Doctor  Angélico  explicando  este  punto  con  su  lucidez  habitual:
“Estamos obligados a tener el ánimo dispuesto a tolerar las afrentas si ello fuese conveniente. Mas algunas veces conviene que rechacemos el ultraje recibido, principalmente por dos motivos. En primer término, por el bien del que nos infiere la afrenta, para reprimir su audacia  e impedir que repita tales cosas en el futuro, según aquel texto  de los Proverbios: “Responde al necio como merece su necedad, para que no se crea un sabio” (Prov. 26,5).

En segundo lugar,  por el bien de muchas otras personas, cuyo progreso espiritual podría ser impedido precisamente  por los ultrajes que nos hayan  sido  hechos;  y  así  dice  San  Gregorio  que  “aquellos  cuya  vida  ha  de  servir  de  ejemplo  a  los  demás,  deben,  si  les  es  posible,  hacer  callar  a  sus  detractores, a fin de que no dejen de escuchar su predicación los que podrían oírla y no desprecien la vida virtuosa permaneciendo en sus depravadas  costumbres” (II-II 72,3). Nosotros agregamos a lo que dice Santo Tomás que: Si la ofensa o daño producido no nos afecta sólo a nosotros, sino que también AFECTA AL BIEN  COMÚN, con mayor razón la situación puede exigir que se repare el daño causado o que se trate de reprimir o quitar ese daño y ejercer la justicia.

(Conclusión)

Queridos hijos, no nos extendamos más.
En  esta  Fiesta  de  Cristo  Rey  de  este  año,  simplemente  pidamos  a  Dios  que  nos  dé  un  recto criterio  frente  a  todas  estas  cosas  y podamos siempre aplicarlas de la mejor manera, aplicarlas de manera virtuosa.

AVE MARÍA PURÍSIMA.

 1-)Jamás es lícito querer excluir al enemigo de las oraciones comunes que se hacen, v.gr. por la conversión de los pecadores. 

2-)Santo Tomás de Aquino resume  muy  bien toda esta  doctrina  de amor a  los enemigos (II-II 25,8):  “El amor a los enemigos pueden entenderse de  tres maneras.  La primera,  que se ame al enemigo en cuanto enemigo, y esto es perverso y contrario a la caridad, porque equivale a amar el mal de otro.  La segunda, que se ame al enemigo en cuanto a su naturaleza humana, o sea, en  general, y esto es necesario para conservar la caridad; y así, el que ama a Dios y al prójimo no puede excluir al enemigo de aquel amor  general con que ama a todos sus prójimos. La tercera, que  se ame al enemigo de un modo especial, o sea, con especiales muestras de amor, y esto no es absolutamente necesario para la caridad, porque no estamos obligados a amar de este modo a cada  uno de los prójimos en particular, ya que esto sería completamente imposible.  Pero es necesario en la preparación del ánimo, o sea, que estemos dispuestos a otorgarle esas muestras especiales  de amor si se presenta la necesidad de ello. Sin embargo,  si alguno, aun sin presentarse la necesidad, quisiera ofrecerle esas muestras especiales por amor a Dios, sería un act o perfectísimo de  caridad. Porque, como quiera que la caridad nos impulsa a amar al prójimo por Dios, cuanto más amamos a Dios, tanto más le mostramos al prójimo nuestro amor sin que lo impida ninguna  enemistad; de manera semejante a como, si alguno amara muchísimo a un hombre, amaría también a sus hijos aunque fueran enemigos suyos”.


3-)Demos más precisiones: (a) Existe, pues, el derecho natural de legítima defensa contra las injurias recibidas, paralelo al derecho de defensa contra el injusto agresor de nuestra integridad física. (b) Es lícito, guardando la debida moderación, hacer uso de este derecho. (c) A veces este derecho de defensa deberá ser ejercido obligatoriamente; por ejemplo cuando afecta el bien común o a otras personas  (como ya hemos dicho).  (d) También a veces la defensa contra los daños de un injusto agresor, sus maledicencias, etc, etc, puede ser dejada de lado   si razones superiores de caridad, humildad o paciencia lo piden o aconsejan. Pero una vez más esta defensa o restablecimiento de la justicia (y/o de la verdad), este intentar neutralizar los daños producidos, no deberá  en general dejarse de lado CUANDO ESTÁ DE POR MEDIO EL BIEN COMÚN. (e) Cuando la injuria recibida no redunda en perjuicio o desprestigio de un tercero o de un grupo de personas (v.gr. de la familia o la corporación a que se pertenece, de la parroquia, etc, etc), siempre es más perfecto y meritorio perdonarla de todo corazón y renunciar en absoluto a la reparación.

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